Los productos alimenticios y las bebidas alcohólicas deberán incluir en sus etiquetas una lista completa con los ingredientes que pueden producir reacciones alérgicas o de intolerancia. Así lo establece un real decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros cuyo objetivo es mejorar la protección de los consumidores que padecen estas alteraciones.

La nueva norma no entrará en vigor, sin embargo, hasta dentro de un año, el 25 de noviembre del 2005, para dar un margen suficiente a las empresas para que adapten sus procesos de fabricación. Incluso a partir de esa fecha, los productos etiquetados con anterioridad podrán seguir comercializándose sin límite temporal. El decreto, fruto de la trasposición de una directiva comunitaria aprobada en el 2003, permite que se sigan distribuyendo "hasta que se agoten sus existencias".