La DGT aclara las dudas sobre si te pueden o no multar por aparcar en sentido contrario
Esta práctica está cada vez más arraigada en las ciudades donde encontrar una plaza libre de aparcamiento se ha convertido en un tormento para los conductores
Las personas que tienen una plaza de garaje en propiedad o en alquiler son realmente unos afortunados tal como se encuentra el mapa de aparcamiento en las grandes ciudades. Encontrar un sitio para aparcar cerca de tu casa o del trabajo se convierte en muchas ocasiones en una pesadilla. Una rutina de pérdida de tiempo y gasolina donde la fortuna está realmente relacionada y aparcar tu vehículo depende en muchas ocasiones de que otro salga de un sitio en el momento que tu pasas por la calle.
La impaciencia se apodera de muchos conductores que se lanzan sin escrúpulos a estacionar su coche sin pensar en nada más cuando ven un hueco libre. Esto provoca discusiones de tráfico con otros conductores que buscan lo mismo y también que se encuentren vehículos aparcados en el sentido contrario a la circulación. Esta práctica es tan habitual que se puede comparar incluso con los conductores que deciden aparcar momentáneamente en doble fila para hacer un recado provocando muchas veces el caos en la zona.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha querido resolver en las últimas horas las dudas acerca de si estás incumpliendo o no una ley al aparcar tu coche en dirección contraria. El artículo 90.2 del Reglamento General de Circulación afirma que "cuando en vías urbanas tenga que realizarse en la calzada o en el arcén, se situará el vehículo lo más cerca posible de su borde derecho, salvo en las vías de único sentido, en las que se podrá situar también en el lado izquierdo". Por lo tanto, está más que claro que no se puede aparcar en el lado contrario de la vía.
¿Cuál es la multa?
Esta situación está cada vez más arraigada en las ciudades, sobre todo, en los barrios donde la falta de aparcamiento es un problema sin resolver. Y aunque muchas veces no se multa a los vehículos que estacionan en sentido contrario, la Policía podría ponerte una multa en cualquier momento. Se trata de una falta leve que le costaría al infractor unos 100 euros. Más problemas tendrás en el caso de que los agentes te pillen en el momento que estés aparcando tu vehículo.
En este caso, la maniobra se considera como falta grave provocando que el conductor puede perder hasta seis puntos del carnet de conducir y pague una multa de 500 euros.
- Niño Becerra advierte sobre el problema en el que España es líder en Europa: "Se arrastra durante décadas
- Andorra aprueba la ley del catalán y en 2029 exigirá un nivel A2, también a los 'youtubers
- Cita con Angie Bru, la doctora que vino a España y se "fugó" a Alemania: "Un médico feliz, que gana más, es un paciente feliz
- Cuidado con Bizum y vas a hacer la declaración de la renta: te pueden multar
- El Consejo de Europa cree que los presos trans deberían ir a la cárcel del género con el que se identifican
- La Justicia ratifica que llamar "gilipollas" a un jefe no es motivo de despido
- Muere el cafetero colombiano Carlos Castañeda, el icónico rostro de la marca Juan Valdez
- Resultados de la Primitiva del sábado 27 de abril de 2024