Los promotores de Gran Scala se han encontrado con un nuevo escollo para hacerse con las tierras de Ontiñena en las que quieren instalar el complejo de casinos, centros de ocio y parques temáticos.

Las opciones de compra que International Leisure Development (ILD) ofrece a los propietarios de los terrenos incluyen la obligación de entregar las fincas, en el momento de la firma de la escritura, libres de "cualesquiera limitaciones de dominio, así como de arrendatarios, colonos, comodatarios o precaristas" Y añade que si el vendedor "no estuviera en disposición" de cumplir esas condiciones, entre otras, la promotora podrá "exigir el cumplimiento forzoso de las obligaciones cumplidas o, alternativamente a su elección, dar por resuelto este contrato con derecho en este último caso a la restitución de la Prima de Opción, más el triple de su importe". Es decir, que si un propietario firma una opción de compra y la tierra está arrendada en el momento de formalizar la escritura, ILD puede anular la opción y obligarle a pagar el cuádruple de lo que ha recibido.

Los planteamientos de los promotores de Gran Scala han encontrado oposición en Ontiñena, según explicaron ayer varios vecinos. Por varios motivos: hay quien simplemente no quiere desprenderse de sus tierras, hay quien solo ve clara una venta normal --dinero por propiedad, sin plazos optativos-- y hay quien quiere seguir cultivándola como arrendatario aunque no sea suya.

Algunas familias de los dos primeros grupos ya han contratado abogados para asesorarse. Las del tercer grupo, según explicaron expertos en derecho consultados por EL PERIÓDICO, cuentan también con argumentos legales para seguir trabajando las tierras.

DERECHO PREFERENTE La legislación española da a los arrendatarios de fincas rústicas un derecho de adquisición preferente en el caso de que el propietario decida vender la tierra. Disponen de 60 días, desde que se les comunica formalmente o desde que tienen noticias de la venta, para quedarse los terrenos "en el mismo precio y condiciones" por el que el dueño iba a traspasarlas, según indica la Ley de Arrendamientos Rústicos. El único requisito es que se trate de un "agricultor profesional".

La ley, que tiene como finalidad favorecer el asentamiento de los agricultores en el medio rural, incluye otras particularidades que dificultan las posibilidades de echar a un arrendatario de la finca que cultiva: los arrendamientos tienen una duración mínima de cinco años --cualquier plazo inferior es nulo-- y, para recuperar la tierra, el dueño debe notificar a quien la cultiva su intención de hacerlo con un año de antelación a la fecha de finalización del arriendo. Si no se cumple el requisito de la notificación, el arriendo queda prorrogado a favor del labrador por otros cinco años.

Uno de los principales propietarios de tierras arrendadas en Ontiñena es el propio ayuntamiento, que posee más de mil hectáreas.

En la localidad bajocinqueña existen tierras arrendadas tanto para labores agrícolas como para el pastoreo de ganado.

Según explicaron fuentes vecinales, en las últimas semanas se han producido contactos por parte de representantes del Ayuntamiento de Ontiñena y de representantes de International Leisure Development con propietarios de terrenos cuyas fincas se encuentran en los alrededores de los terrenos que inicialmente iba a tantear la promotora de Gran Scala.