Los abogados defensores de los absueltos no ocultaban ayer su alegría por el fallo absolutorio del Tribunal Supremo, más aún por su «contudencia» a la hora de exonerar a sus clientes. Salvo en el caso de Agapito Iglesias, con cuyo letrado este diario no pudo contactar ayer, los de Ricardo García Becerril y Escó coincidían en estar «contentos y satisfechos».

Así, el del exgerente de la plataforma logística, José María Gimeno del Busto, explicaba que «lo que demuestra (la sentencia) es contundente, no existe delito. No se trata de presunción de inocencia», exlicaba. El letrado admitía que la decisión del Alto Tribunal sobre los fondos públicos y la malversación no hacía prever este final, pero al tiempo se alegraba de que el Supremo ratificase «lo que hemos dicho siempre».

De hecho, seguía extrañado de que la Audiencia Provincial de Zaragoza, después de que «hizo lo más difícil» -analizar que los sobrecostes correspondían a obras civiles-, terminara condenando por «una cuestión más civil que penal» como era quién debía pagar parte del dinero de una obra.

El letrado de Carlos Escó, Juan Monclús, tenía aún más motivos para estar satisfecho. El fallo no solo absuelve al exconsejero delegado de Plaza por el argumento general (que todo estuvo bien pagado), sino que le dedicaba un apartado exculpatorio especial, siguiendo tanto el voto particular del juez Alfonso Ballestín en la audiencia como el recurso del propio abogado.

Así, repasaba que «interpretando el alcance de sus funciones (de Escó) dentro del organigrama de Plaza, no podemos considerar que su cometido alcanzara al control de la legalidad o regularidad de los actos de administración o disposición (operaciones) que realizara la sociedad».

También reflejaban que «desde luego no tenía atribuidas labores de gestión que le permitieran vincular fondos públicos pertenecientes a Plaza al pago de trabajos realizados a la obra adjudicada a Codesport, ni tampoco se ha acreditado que conociera o pudiera conocer la supuesta ilegalidad de los pagos».

Por último, argumentan que «el acusado en realidad solo tenía la misión de actuar como órgano de enlace entre Plaza S. A. y su Consejo de Administración, informando a este último del desarrollo de la obra adjudicada, sin emitir opinión alguna sobre esa información».

Ahora esto no solo lo dice Escó y el magistrado Ballestín, sino la Sala Segunda del Supremo. Lo cual, además de beneficiarle en este caso, también es una baza en la causa principal, el caso saqueo, donde los delitos que se le imputan también tienen que ver con su puesto directivo en Plaza.