El Tribunal Supremo ha anulado la sanción impuesta por el Tribunal Central Militar a un guardia civil de Sabiñánigo que denunció al teniente que dirigía el puesto por utilizar fondos de una cuenta privada de varios agentes para cubrir gastos de reparaciones y compras de material del acuartelamiento en el 2001. El oficial también mandó sacar 300 euros para costear los gatos de la fiesta de la patrona del Cuerpo de ese año.

El guardia, que denunció los hechos mediante una carta al capitán de la compañía, con sede en Jaca, fue sancionado por el general jefe de Aragón con "pérdida de diez días de haberes", por efectuar "manifestaciones contrarias a la disciplina" y "basadas en aseveraciones falsas", medida que fue ratificada por la justicia militar.

Ahora, el Supremo ha considerado que el agente no faltó a la verdad y no cometió infracción alertando a su superior. Asimismo, señala que en el expediente disciplinario se vulneraron los principios de presunción de inocencia y de legalidad.

La cuenta, abierta por los guardias para pagar las facturas del gas de los pabellones y creada antes de la llegada del oficial al puesto, estaba a nombre de la Dirección General de la Guardia Civil porque ninguno de ellos aceptó figurar como titular por motivos fiscales y a que la oficina del BSCH no aceptó la denominación Comunidad de Vecinos del Acuartelamiento de Sabiñánigo-Gas Propano.

El dinero gastado fue reintegrado posteriormente, por orden del jefe de la Comandancia de Huesca, al concluir el oficial encargado de investigar la denuncia que ésta "no era arbitraria ni carente de fundamento" y que "no tenía por objeto difamar, denigrar o lesionar la dignidad del oficial denunciado, ni menoscabar su fama, ni atentar contra su propia estimación". Los pagos los efectuaron la propia comandancia y los interesados, entre ellos el teniente. El teniente coronel también prohibió usar la cuenta para otra cosa que no fuera pagar el gas.

La sentencia del Alto Tribunal recuerda que el relato de hechos enviado por el guardia a su capitán "ha resultado cierto", aunque su calificación jurídica, en la que proponía al oficial comunicar los hechos al fiscal porque podrían suponer varios delitos militares castigados con hasta dos años de cárcel, fuera "errónea".

En opinión de los jueces, la denuncia "no fue acertada", aunque en ningún caso puede ser considerada como contraria a la disciplina.