La Audiencia Provincial de Huesca ha confirmado la sentencia absolutoria que el año pasado dictó el juzgado de lo Penal de esa misma demarcación en el caso Cazsa, en el que el propietario de la empresa del mismo nombre y el veterinario que controlaba su depuradora se enfrentaban a peticiones de condena de hasta cinco años de cárcel como presuntos autores de un delito ecológico por el supuesto vertido de residuos orgánicos al cauce del río Cinca desde su factoría, dedicada a eliminar cadáveres de animales de abasto.

La sentencia inicial fue recurrida por la Fiscalía y por el denunciante, exsocio de Cazsa.

Los magistrados concluyen que la jueza de lo Penal de Huesca valoró de una forma acertada las pruebas que las acusaciones y la defensa expusieron en la vista oral, por lo que no cabe revocar ni matizar su resolución.

Las acusaciones sostenían que Cazsa llevaba años vertiendo en el Cinca, entre La Clamor Amarga y Fraga, residuos orgánicos procedentes del procesamiento de las reses muertas que le entregaba la empresa pública Sirasa. Esas evacuaciones, mantenían, se producían a través de un tubo de la depuradora. La defensa argumentó que si en algún momento llegaron a producirse vertidos, fueron accidentales.