Zaragoza solo podrá tener 15 salas de bingo y 6.500 plazas
Huesca contará con dos, y Teruel y el resto de municipios, con una
El Consejo de Gobierno aprobó ayer el reglamento de locales de juego, una norma que regula las condiciones básicas que deben reunir todos los establecimientos de juego de la comunidad autónoma y que, hasta la fecha, se encontraba dispersa en tres textos normativos. El reglamento, además, contiene las condiciones técnicas que deben cumplir este tipo de salones de superficie, aforo máximo o distancia entre las máquinas. La norma establece el número máximo de salas de bingo que se podrán autorizar, que en Zaragoza capital serán 15 salas y 6.500 plazas de aforo máximo; en Huesca capital, 2 salas y 650 plazas, en Teruel capital, una sala y 450 plazas, y una sala en el resto de municipios.
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Igualmente se clarifican los horarios de funcionamiento de los locales de juego, de forma que el horario de los salones recreativos y de juego estará comprendido entre las ocho de la mañana y las dos de la madrugada del día siguiente. En el caso de las salas de bingo, el horario será entre las diez de la mañana y las cuatro de la madrugada del día siguiente, si bien, la jornada de juego de bingo tendrá un periodo máximo de funcionamiento de 11 horas, excepto los viernes, sábados y vísperas de festivos, que podrá ser como máximo de 12 horas.
El nuevo reglamento de locales de juego unifica la documentación básica exigida y reduce la documentación que deben aportar, simplificando los trámites administrativos y eliminando aquellos innecesarios para la autorización de un local.
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