NORMATIVA LEGAL
Más vale espada en casa que navaja en la calle
La Guardia Civil aclara algunas confusiones sobre armas prohibidas y permitidas por ley

Más vale espada en casa que navaja en la calle
F. MANTECÓN
Cualquiera podría pensar que lo legal sería tener una pequeña navaja automática y no un machete. Y estaría equivocado. El común de los ciudadanos no tiene muy claro qué armas son legales y cuáles no, como acreditan los agentes de la Inspección de Armas de la Guardia Civil. "Recibimos bastantes llamadas de ciudadanos preguntando si pueden comprar algo o no", admite el teniente Amador.
Como norma general, retomando el ejemplo de las navajas, lo que la legislación persigue es más la posible ocultación que la aparente peligrosidad. Así, explican los agentes del instituto armado, están prohibidas "las navajas automáticas, puñales y cuchillos de doble filo y puntiagudos de menos de 11 centímetros de hoja". Han leído bien, de menos. Sin embargo, no entrarían en esta categoría las navajas mariposa, los machetes o las katanas.
Estas últimas armas aparecen frecuentemente en los decomisos de la Guardia Civil en operaciones contra bandas violentas. Pero, aclara el teniente Amador, "no se retiran porque estén prohibidas, sino para comprobar si se han utilizado en algún hecho delictivo". Las navajas pequeñas sí se retiran por este motivo, "a veces da pena porque entendemos que las llevan para pelar fruta, pero legalmente hemos de retirarlas".
Esto no quiere decir, aclaran los agentes, que se pueda ir con una espada por la calle tan campante. Está permitida la compra, y la tenencia en casa, como decoración, o sacarlas a la calle en su funda para transportarlas.
INCLUSO CON LICENCIA
Pero esta norma afecta también a las armas que requieren licencia. Un agente de la autoridad puede tener permiso para llevar una pistola encima, pero el cuerpo que tenga las competencias puede retirársela si no considera procedente el lugar. "A mí en Zaragoza un policía local me puede retirar el arma en un bar, porque no tengo por qué llevarla", ejemplifica el teniente.
En una categoría intermedia estarían las armas que requieren algún tipo de licencia. Por supuesto las de fuego, con permiso de armas y los test psicotécnicos que conllevan. Igual que las ballestas, que a efectos legales son "de la misma categoría que una escopeta".
Otras armas potencialmente peligrosas, como un lanzaarpones o un arco, no requieren licencia de armas pero sí federativa --de pesca o de tiro, según el caso--, además de tener 18 años para comprarlas. Algo similar a lo que ocurre con las armas de aire comprimido, para las que se necesita una licencia municipal. Otras, como las antiguas o detonadoras, deberían venderse con comunicación al instituto armado, aunque no sea necesario un permiso especial. Igual que las armas antiguas, a efectos de coleccionismo.
Las armerías y tiendas deportivas que dispensan estos artículos suelen cumplir escrupulosamente, las normas, indica Amador, como comprueban en las dos inspecciones anuales a las que, sin previo aviso, las someten.
Pero han llegado a encontrar casos curiosos, como el de una "boutique" que vendía bolsos con un puño americano incorporado, sin saber que era un arma prohibida. En este caso, no solo por la ocultación, sino porque el arma en sí ya lo era. Igual que lo son los famosos nunchakos, comunes en las películas de artes marciales pero proscritos específicamente en la legislación.
En otra categoría, la Inspección de Armas guarda algunos ejemplos curiosos que han ido decomisando en las operaciones e inspecciones, como una linterna que se vendía al público cuando era claramente una defensa (vulgarmente, porra), bastones-espada e incluso un bastón-rifle, réplica cañí de los gadgets de 007.
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