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Los recurrentes deberán abonar 8.000 euros en costas

Este recurso de casación fue interpuesto por el Ayuntamiento de Montanuy, el Gobierno de Aragón y la sociedad Castanesa-Nieve SLU. El Supremo no solo no les ha dado la razón, sino que, además, han sido condenados en costas. Tendrán que abonar 8.000 euros, siendo el pago mayor el del consistorio oscense, correspondiente a 3.000 euros. Los otros dos pagarán 2.500.

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