La sentencia que condenaba a la Guardia Civil por no respetar el derecho al descanso de uno de sus agentes perteneciente a la Compañía de Casetas ya es firme. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) rechazó el recurso de apelación de la Abogacía del Estado y ya ha caducado el plazo para recurrirla ante el Supremo.

El fallo dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Zaragoza destaca que no se le permitieron a un agente hacer uso de once horas de descanso que le pertenecían y, por lo tanto, llevar a cabo una jornada laboral semanal de 37 horas y media. El Ministerio del Interior alegó que concurrían necesidades de servicio para justificar la denegación, si bien la magistrada María José Cía señala en la sentencia que nunca se dio ese argumento hasta el día del juicio. "Tratar de justificarlo con un cuadrante en blanco, sin tener en cuenta más circunstancias ni periodos temporales más amplios, no es suficiente para acreditar que eran las necesidades del servicio las que determinaban el no disfrute del periodo de descanso de once horas", apostilla.

Una sentencia que satisface a la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) que lamenta que "la Guardia Civil está acostumbrada a realizar interpretaciones de las normas internas". "Se da la paradoja, que esos mismo guardias civiles a los que no se les respeta su descanso diario y tienen que realizar 16 horas de servicio en un periodo de 24 horas, son los que tienen que denunciar a los transportistas que no cumplen con el tiempo de descanso que marca la normativa en transportes de mercancías".