El Consejo de Gobierno extraordinario celebrado este sábado en Calatayud ha dado luz verde al proyecto de Ley de Dinamización del Medio Rural en Aragón, el marco legal que aglutinará todas las actuaciones que se acometan para dinamizar las áreas menos pobladas. Entre otras medidas, la normativa prevé una fiscalidad diferenciada para las zonas más castigadas del territorio aragonés e incorpora el denominado Mecanismo Rural de Garantía como principio rector en la Comunidad Autónoma.

La ley regula, ampara y potencia las vías de actuación en torno al medio rural, con el establecimiento de fórmulas de cooperación y coordinación y, a la vez, con la promoción de iniciativas que impulsen un desarrollo rural sostenible y eficaz. El objetivo es generar un desarrollo que consiga aumentar la presencia de centros productivos y empresariales, actividades comerciales y de servicios y que lleve así a consolidar y aumentar la población en estos territorios demográficamente disminuidos, así como la riqueza y el empleo

Entre las novedades está en Mecanismo Rural de Garantía, destinado a que la Administración autonómica promueva, impulse y revise de forma sistemática todas las políticas sectoriales y de desarrollo socioeconómico mediante la observación de la perspectiva del cambio demográfico. Este principio rector alcanzará también a las subvenciones y sus bases reguladoras, que deberán incorporar criterios de discriminación positiva para promover acciones de dinamización, desarrollo y lucha contra la despoblación en las zonas rurales, siempre que las medidas resulten compatibles con el objeto y finalidad de las ayudas. Asimismo, se contempla además la descentralización administrativa como instrumento de dinamización del medio rural.

Dos de cada tres asentamientos, beneficiados

Se establece por ley la delimitación y zonificación de los municipios y asentamientos aragoneses, lo que permitirá visualizar nuestra realidad territorial y rural de todos los asentamientos de Zaragoza, Huesca y Teruel. Y se elaborará un Programa de Gestión Territorial de dinamización económica para el medio rural, por bloques homogéneos y comarcalizado. Por asentamiento se entienden todos núcleos poblacionales que integran los distintos municipios aragoneses.

La mayor novedad estriba en la fiscalidad diferenciada que se implanta en dos tipos de áreas a partir de la clasificación de asentamientos establecida en su artículo 28: los asentamientos rurales con alto riesgo de despoblación y los asentamientos en riesgo extremo, siempre que tengan un índice sintético de desarrollo territorial (ISDT) inferior a 100.

El ISDT es una variable que expresa numéricamente el desarrollo territorial de los asentamientos y municipios de Aragón en relación a un valor medio que se establece en 100 puntos. Estas dos catalogaciones abarcan 1.026 de los 1.553 asentamientos que hay en Aragón (un 66%) y en ellos tienen fijada su residencia 70.700 aragoneses (un 5% de la población total).

Por provincias, los asentamientos beneficiados por las rebajas fiscales alcanzan a 26.429 vecinos de núcleos de la provincia de Teruel, 24.875 de la provincia de Zaragoza y 19.452 de la provincia de Huesca.

En ambas áreas, la ley prevé bonificaciones fiscales sobre la Renta de las Personas Físicas en la cuota autonómica al objeto de contribuir a la dinamización de la economía rural y a la fijación de la población en el medio rural de la Comunidad Autónoma de Aragón:

  • Deducción de la cuota íntegra autonómica del impuesto por nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos (+20%)
  • Deducción de la cuota íntegra autonómica del impuesto en atención al grado de discapacidad de alguno de los hijos (+20%)
  • Deducción de la cuota íntegra autonómica para las adopciones internacionales (+20%)
  • Deducción de la cuota íntegra autonómica del impuesto por el cuidado de personas dependientes (300 euros)
  • Deducción de la cuota íntegra autonómica del impuesto por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales o análogos (7,5%)
  • Deducción de la cuota íntegra autonómica del impuesto por adquisición de libros de texto y material escolar (+20%)
  • Deducción de la cuota íntegra autonómica del impuesto por gastos de guardería de hijos menores de 3 años (+20%)
  • Deducción de la cuota íntegra autonómica del impuesto por residencia en determinados municipios.

Además, los habitantes de las zonas en riesgo extremo de despoblación –y, de nuevo, un ISDT bajo, menor de 100- tendrán una ayuda añadida, ya que podrán deducirse 600 euros anuales de la cuota íntegra autonómica de la Renta.