La declaración de la renta se va a complicar este año. La correspondiente al 2004 será la primera en la que la titularidad y uso de la vivienda adquirirá una especial relevancia, tal como anunció recientemente el ministro de Economía, Pedro Solbes. Los impresos, publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE), incluyen algún nuevo apartado relativo a esa cuestión. La novedad está en la primera página, donde además de la etiqueta identificativa habrá que incluir el porcentaje de participación en la propiedad de la vivienda, la cuota de participación correspondiente al cónyuge y las referencias catastrales, así como las plazas de aparcamiento en propiedad.

La vivienda pasa a ser parte integrante del perfil o identificación básica del contribuyente. Hasta la fecha, algunos de estos apartados se incluían en la segunda hoja de la declaración, pero no en el retrato básico fiscal de cada ciudadano. "El objetivo esencial es saber si el contribuyente es inquilino o propietario. En caso de que sea arrendatario, con el número de identificación fiscal, se podrá determinar luego, cruzando datos, si el propietario declara el alquiler", destacan fuentes de Hacienda.

Con esta medida, que no supondrá ningún esfuerzo para el inquilino de una vivienda arrendada, aunque tampoco ninguna ventaja o desgravación, el fisco espera aflorar gran cantidad de alquileres que no tributaban. Aún se desconoce si el programa Padre permite continuar si no se rellenan estos apartados.

Lo que sí está claro es que en la página web del Catastro (www.catastro.minhac.es), aparece un nuevo apartado destinado a conocer el número de identificación fiscal de la vivienda, tanto si se es propietario de la misma, como si se es inquilino. Ahí mismo se especifica que "la referencia catastral de su vivienda, ya sea en propiedad o alquiler, es necesaria para la declaración de la renta 2004", señalaron.

En la segunda página de los impresos se incluye el apartado C, en el que habrá que especificar el resto de inmuebles en propiedad distintos del que constituya vivienda habitual con las rentas de alquiler recibidas o los rendimientos presuntos al no haber sido arrendados (1,1% del valor catastral). En todo caso, esta información ya se incluía antes.