Ibercaja Banco estima que el importe máximo que debería cubrir con motivo de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, del 21 de diciembre 2016, sobre las denominadas cláusulas suelo de las hipotecas, sería de 30,1 millones de euros.

La entidad financiera ha comunicado, a petición de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que mantiene provisiones brutas constituidas en anteriores ejercicios para cubrir un hipotético riesgo legal derivado de la potencial eliminación de cláusulas suelo en préstamos hipotecarios con efectos retroactivos hasta el 9 de mayo de 2013 que cubrirían el citado importe máximo, según informa la CNMV en su web.

Además, añade en su comunicación de hecho relevante que se va a proponer al Consejo de Administración la constitución de una provisión bruta de 19,9 millones de euros, con cargo a las cuentas del 2016, para cubrir el riesgo de devolución de los importes cobrados desde el inicio de la aplicación de la cláusula suelo en esos préstamos hipotecarios.

Por otro lado, apunta que ni la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ni el Real Decreto Ley 1/2017, de 20 de enero, presuponen ni prejuzgan la validez de las cláusulas suelo de los contratos hipotecarios de esta entidad, que desarrolla su actividad con firme vocación de transparencia en las relaciones con sus clientes.