La Audiencia Nacional ha avalado el derecho de los trabajadores a que las revisiones médicas, sean voluntarias u obligatorias, se realicen en horario laboral o como mínimo computen como tiempo de trabajo. Lo ha hecho en el caso concreto de los vigilantes de seguridad de la empresa Ilunion, tras una demanda planteada por el Sindicato Aragonés de Servicios (SAS).

La sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia considera que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales recoge el principio de gratuidad, en el sentido de que las revisiones médicas y el control de la salud de los trabajadores en general no tiene que tener «ningún coste» para ellos. Y esta ausencia de costes no debe interpretarse «desde un punto de vista estrictamente económico, sino social». De forma que no solo no se tiene que pagar por ello, sino tampoco gastar tiempo.

Así pues, los magistrados apoyan la pretensión del sindicato, y decretan que para los afectados (el personal operativo de la empresa), «el tiempo empleado en la realización de los reconocimientos médicos (voluntarios u obligatorios), se tiene que realizar en jornada y horario laboral».

La demanda pudo haber quedado en nada por un requesito legal, ya que no se puden plantear conflictos laborales por sindicatos que no tengan representación en todos los centros de trabajo afectados por un pleito, y SAS solo tiene representación en Aragón. Sin embargo, al adherirse el sindicato CSIF a la demanda, que sí tiene representación nacional, la resolución salió adelante igualmente.

La resolución de la Audiencia Nacional afecta únicamente a los empleados de esta empresa y de la categoría señalada, y sigue la estela de otras resoluciones, que nombra, adoptadas por ejemplo en el País Vasco. Pero aunque no marque jurisprudencia general, sí señala una estela que podrían seguir otros colectivos para lograr que los reconocimientos médicos de empresa computen como tiempo de trabajo.