El Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes del Gobierno de Aragón emitió ayer una orden en el BOA que "favorece la calificación de vivienda protegida de Aragón. En ella se regula la calificación conforme a lo establecido en el Decreto 60/2009 de 14 de abril del Gobierno de Aragón, regulador del plan aragonés para facilitar el acceso a la vivienda y fomentar la rehabilitación 2009-2012. La orden establece el procedimiento para realizar la solicitud de la calificación provisional de vivienda protegida que tendrá que ir acompañada de una serie de documentación como un ejemplar del proyecto de ejecución o del proyecto básico de la edificación, además del resumen del presupuesto protegible, la identificación de la viviendas que correspondan a cada tipología y la determinación de la superficie útil, el certificado del registro de la propiedad de la titularidad del dominio de los terrenos y de las cargas o gravámenes además de la valoración de las obras de urbanización, entre otros documentos.

La calificación provisional se otorgará teniendo en cuenta la documentación aportada por el promotor y el informe técnico emitido, mediante la correspondiente resolución. En lo que respecta a la calificación definitiva en la orden se especifica que los promotores de las viviendas calificadas provisionalmente dispondrán de un plazo de treinta meses, a partir de la calificación provisional, para solicitar la calificación definitiva. En la orden se indica también lo que deben presentar los promotores para solicitar la calificación definitiva. Así, por ejemplo, deben presentar la documentación técnica de final de obra que defina la obra realmente ejecutada, el certificado visado conjunto de arquitecto y aparejador o arquitecto técnico de final de obras, o la escritura declarativa de la obra nueva comenzada.