La Dirección General de Tráfico ha zanjado una de las polémicas de la semana tras aclarar que no usar mascarilla dentro del vehículo particular no constituye un delito de tráfico, ya que se trata de una medida de salud pública sobre la que la administración de tráfico no tiene competencia alguna. Sin embargo, es preciso recordar que el BOE sí contempla como un infracción la no utilización de la mascarilla en vehículos privados cuando se viaja con no convivientes.

Tal y como ha informado a través de un comunicado en sus redes sociales, la DGT asegura que el "no uso de la mascarilla no es una infracción de tráfico", por lo que no entra en sus capacidades la de sancionar ni a través de multa ni con una sustracción de puntos del carnet.

En este mismo comunicado, el organismo público ha explicado que no existe ningún artículo dentro de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que recoja que no llevar un cubrebocas pueda suponer un precepto infractor y, mucho menos, que lleve aparejado la pérdida de puntos del permiso de conducir.

De esta forma, la DGT ha desmentido las noticias y rumores que en los últimos días habían puesto sobre la mesa una supuesta ilegalidad de no llevar mascarilla en el coche. También ha querido lamentar la posible desinformación que estas "falsas noticias publicadas y no contrastadas ni con la fuente ni con la normativa de tráfico y seguridad vial" hayan podido causar en la ciudadanía.