El Tribunal de General de la Unión Europea anuló ayer parcialmente el reglamento de la Comisión Europea que establecía los límites de las emisiones de óxido de nitrógeno (NOx) en los nuevos ensayos de vehículos con motor diésel porque considera que estos topes son «demasiado elevados». El fallo da la razón a los ayuntamientos de Madrid, París y Bruselas, que interpusieron cada uno un recurso de anulación alegando la incompatibilidad de los nuevos límites de emisiones con sus políticas de restricción de la circulación.

«La sentencia pone fin a la carta blanca para contaminar que tenía la industria automovilística europea. Es una victoria para todos los ciudadanos europeos que luchan contra las consecuencias sanitarias de la contaminación atmosférica», ha dicho el eurodiputado de Equo Florent Marcellesi tras darse a conocer el fallo.

En el 2016, tras salir a la luz el escándalo de los motores diésel amañados, la Comisión Europea definió en un reglamento los límites de las emisiones de óxidos de nitrógeno durante los nuevos ensayos en condiciones reales de conducción (ensayos de RDE), aquellos a los que los fabricantes de automóviles deben someter a los turismos y vehículos comerciales antes de sacarlos a la venta. La Comisión introdujo límites «menos exigentes» que ahora deberá de modificar.