A la hora de abordar este tema, me permitirán que anticipe mis reticencias, como profesional de la salud mental, hacia la regulación y aplicación en España del Tribunal de Jurado. Es una legítima discrepancia, que sostengo desde que se introdujo su vigente regulación, tanto por la forma como por el fondo de la institución, y especialmente, por los tipos delictivos seleccionados por el legislador español para este sistema.

Ser Jurado es realmente complejo. Exige, además de un profundo autocontrol emocional, una cierta aptitud para discernir los argumentos y la persuasión a las que se va a ver sometido. Como las tentaciones bíblicas, el Jurado pasa, a lo largo del proceso, por un desierto de incertidumbre, y por diversas fases de ánimo, desde una cierta euforia inicial, cargada de adrenalina; a fases de auténtico hastío e incluso de sufrimiento. A la par, debe centrarse en no empatizar excesivamente con los letrados, con las partes, con las víctimas; tampoco puede intimidarse… En suma, se pide una auténtica anormalidad a personas normales.

Resulta más que discutible, casi bochornoso, el reduccionismo absurdo de algunos profesionales del Derecho, para tratar de justificar esta institución, cuando se fía todo a que, cualquier persona -se dice-, sabe lo que está bien o mal. Eso es incierto.

En primer lugar, el Jurado no es un tribunal moral ni de honor, es una institución jurídica, y el Derecho tiene un fundamento ético, o debe tenerlo, pero no rige por las normas de tal disciplina. Se trivializa, también, señalando que la sentencia la dicta un juez, no el Jurado. Eso es parcialmente cierto, y, por tanto, como toda media verdad, mentira. En efecto, el juez es quien dicta la sentencia, pero quien determina el veredicto es el Jurado.

Si extrapoláramos a la medicina la función de este órgano, el diagnóstico de una enfermedad es lo mas complicado sin duda de la labor de cualquier médico. Aparecen una serie de síntomas (lo que nos dice el enfermo) y de signos (lo que observa y percibe el médico según su exploración y pruebas que se practiquen). De la conjunción de ambos conceptos y en el mejor de los casos, se llega a un diagnóstico (es decir, a un veredicto). Una vez hecho un buen diagnóstico, aplicar el remedio más conveniente, en ese iter, sería lo mas simple si se tiene la experiencia necesaria.

De hecho, determinar la pena concreta es, seguramente, en el marco de la labor intelectual de la sentencia, por cuanto lo verdaderamente espinoso es la fijación de los hechos probados. Para ello, al Jurado se le conduce por un rosario de preguntas, a las que tiene que dar una respuesta positiva o negativa. Cómo se formulen, cómo se entiendan las mismas, el sentido y la significación de cada prueba, eso marca la diferencia entre un veredicto sólido, o un correlato incongruente.

Ser Jurado puede dejar secuelas en personas especialmente sensibles, ya que contribuir decisivamente a que una persona permanezca toda su vida en prisión puede generar ansiedad, alteraciones del animo, recuerdos traumáticos, inseguridad y un sinfín de síntomas del espectro del estrés postraumático. Y si no deja ninguna, si la persona no acostumbrada a privar de libertad a los demás en nombre de la norma, vuelve a su cotidianeidad impertérrito, sería digno de analizar.

Al margen de posibles y llamativas controversias que saltan periódicamente a los medios de aquellos casos más famosos, el Tribunal del Jurado ha puesto de manifiesto que resulta costoso económicamente, sus fallos son revocados en porcentajes muy elevados y sobre todo, que no mejora los resultados de Justicia material frente a los tribunales profesionales.

Sería necesario valorar una reformulación del alcance de esta institución, de su naturaleza y su ámbito de actuación, y apostar quizá, desde el respeto a la Constitución, por mejorar su regulación, con la experiencia desde 1995 hasta la actualidad. H *Presidente de la Sociedad Aragonesa de Psiquiatría Legal y Ciencias Forenses.

www.josecarlosfuertes.com

@jcfuertes