El documento que los jubilados deben presentar antes de abril para seguir cobrando la pensión
Los pensionistas no contributivos por jubilación o invalidez están obligados a declarar sus ingresos al estado
La Seguridad Social siempre está atento a los movimientos que realizan los jubilados para evitar engaños o estafas que pueden prolongarse a lo largo del tiempo. Los pensionistas no contributivos por jubilación o invalidez están obligados a declarar sus ingresos al estado para poder seguir cobrando su pensión mensual. Y es que esta prestación da de comer a mucha gente y ayuda a llegar a final de mes. El INSS exige todos los años la declaración anual de Rentas.
A través de este documento, los jubilados demuestran que sus ingresos son inferiores al techo establecido por el Gobierno por lo que pueden seguir siendo beneficiarios de su pensión sin necesidad de realizar ningún trámite. Cabe recordar que los pensionistas se ven forzados a declarar sus ingresos y los de la unidad familiar a través de un formulario.
Sin este documento, la Seguridad Social tiene el poder de suspender temporalmente el cobro de la pensión de un jubilado a la espera de que lo presente y su situación se regularice. Si esto sucede, el perjudicado tiene tres meses, 90 días hábiles, para poder presentar la documentación que le falta y cuando lo haga, el pago volverá a su cuenta casi inmediatamente.
Demostrar que sigues vivo
La revalorización de las pensiones conforme al IPC ha alcanzado el 6,9% en este ejercicio fiscal tanto para las pensiones mínimas como también para el Ingreso Mínimo Vital. Los beneficiarios de una pensión no contributiva de la Seguridad Social que residan actualmente en el extranjero deben entregar el documento conocido como la fe de vida en la oficina del INSS.
Una fe de vida es un documento oficial que acredita que una persona está viva en una fecha determinada. Se utiliza para diversos trámites como cobrar pensiones del países extranjeros, gestionar herencias, contratar seguros o algo tan básico como renovar el DNI o el pasaporte.
Por lo tanto, se calcula que existen más de 100.000 beneficiarios de una pensión del sistema de la Seguridad Social que ya no residen en España por lo que están obligados a presentar su fe de vida. Existen diferentes maneras de obtener una fe de vida, dependiendo de tu localización y necesidades. En España puedes acudir al Registro Civil, a un notario e incluso al consulado si resides en el extranjero.
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