El Gobierno de Aragón tiene previsto "regular mediante normativa propia la prestación del Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita y las compensaciones correspondientes", según recoge el convenio con los consejos de los colegios de abogados y de procuradores de la comunidad. Esa es una de las materias que el Ejecutivo central transfirió a la DGA el 1 de enero del 2008 dentro de las competencias sobre los medios materiales y personales de la Administración de Justicia, que también incluyen el turno de oficio ante los tribunales y la asistencia letrada a detenidos y presos. Estos servicios, que abogados y procuradores prestan "con un alto grado de generosidad y eficacia" --recoge el convenio-- y que resultan básicos para el funcionamiento de la sociedad, son financiados por la DGA, aunque su regulación se encuentra en una ley de ámbito estatal --la 1/96--. El convenio especifica que el reconocimiento del derecho a esa prestación "es individual y ligado a un proceso determinado", señala el convenio, en el que abogados y procuradores se comprometen a velar por que la presentación de la solicitud por parte del interesado sea "requisito imprescindible" para "el inicio de la prestación de sus servicios al interesado".