Los rescates no son solo un asunto de seguridad y de logística. Si el Gobierno de Aragón decide finalmente cobrar las acciones de salvamento, al menos en los casos que se deban a imprudencias flagrantes, tal y como propone el Departamento de Interior, los rescates se pueden convertir también en un asunto jurídico de gran calado. Ese fue el punto de vista que expuso en unas recientes jornadas legales celebradas en Albarracín el juez zaragozano Francisco José Polo Marchador, titular del Juzgado de Primera Instancia número 12.

El debate, centrado en los deportes de riesgo y aventura, partió del punto de vista de que los órganos judiciales actuarán en función de lo que acuerden las autoridades autonómicas.

"Existen varias comunidades que cobran los rescates, entre ellas Cataluña y el País Vasco, y en todas se plantea una disyuntiva entre un sistema basado en un catálogo fijo de rescates que se cobran a sus víctimas y otro en el que solo se deben abonar aquellos accidentes debidos a una imprudencia grave", explica Polo Marchador.

En el primero de los supuestos no existe apenas controversia, pues existe un listado que recoge las actuaciones susceptibles de ser cobradas y el importe de las mismas. Sin embargo, advierte el juez de primera instancia, "cuando se opta por el segundo sistema, entra en juego la valoración de lo que se considera grave y lo que no merece tal calificación".

En estos supuestos, los afectados recurrirán a la vía administrativa, pero, una vez agotada esta, si no están de acuerdo, es posible que opten por la vía judicial, ante los juzgados de los contencioso-administrativo.

Polo Marchador no se atreve a afirmar que el cobro de los rescates debidos a imprudencias graves tenga un efecto disuasorio sobre quienes practican deportes de riesgo. "Lo importante es que los aficionados a la montaña al barranquismo, a la escalada y a otras modalidades tomen conciencia del riesgo y también que entren a formar parte de clubes de montaña y se federen".