Mientras la alcaldía de San Mateo de Gállego, que hoy ostenta Teresa Solanas (PAR), pende de un hilo, apoyada por un único concejal imputado por un delito económico, los tribunales han dado dos espaldarazos consecutivos a la gestión del anterior equipo de Gobierno municipal, a cargo de Jesús Villagrasa (PSOE). Dos resoluciones que suponen, además, sendos tirones de oreja para los concejales del PP.

El primero de ellos ha llegado desde el Tribunal de Cuentas, que ha declinado realizar la auditoría del periodo de gobierno socialista --del 2003 al año pasado-- que pidió el actual equipo del ayuntamiento a instancias del PP. El grupo municipal popular presentó una moción en la comisión de Hacienda del último pleno municipal, a finales de enero, en principio restringida a la última legislatura. El propio grupo del PSOE apoyó la moción, y la amplió a todo el periodo en el que gobernó el municipio.

El 8 de febrero, el Tribunal de Cuentas remitió la contestación al Ayuntamiento de San Mateo de Gállego, en la que desestimaba la auditoría. Entre otros puntos, el máximo organismo de control de las cuentas públicas recordaba que esta auditoría se realiza de forma permanente a las entidades, tanto locales como provinciales o autonómicas, que han de remitir las cuentas al tribunal.

Además, la legislación establece que los órganos competentes para pedir este tipo de análisis exhaustivos a las entidades locales serían el propio Tribunal de Cuentas, las Cortes Generales o la Asamblea Legislativa de la comunidad autónoma.

La segunda acción del PP desestimada por los tribunales fue el recurso presentado por los concejales Ana María Gavach, Edmundo Jesús Núñez y Raúl Mata, contra la aprobación de la propuesta de alcaldía en la que se redactó la cuenta definitiva de la reparcelación de la urbanización de El Saso.

El recurso se basaba, por un lado, en que según los populares no existe la figura jurídica de la "liquidación de un Proyecto de Reparcelación", que contemplaba la resolución. Además, el recurso indicaba que la elaboración de las cuentas "nunca podría ser encargada una asesoría externa del Ayuntamiento", en este caso un bufete de abogados.

El magistrado del juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Zaragoza, en la sentencia que desestima el recurso, expone en primer lugar el punto exacto del Reglamento de Gestión Urbanística donde figura el término que el PP desconocía. Además, el derecho a recurrir a asesoría externa figura también está amparado por la legislación aragonesa.