El Tribunal Supremo ha ratificado que el precio correcto de expropiación de los terrenos del Tiro de Pichón-Club de Campo La Almozara debió ser de 9,6 millones de euros, al rechazar el último recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Zaragoza. El Alto Tribunal, siguiendo el criterio de la Fiscalía, rechaza revisar el caso por un documento de 1976 que el consistorio entendía «decisivo». Pero los magistrados no lo ven así, y recuerdan que el Supremo no es un tribunal de instancia convencional, y no revisa casos por cualquier motivo.

Aun así, el alcalde Pedro Santisteve afirmó que Zaragoza en Común agotará «todas las vías legales, más allá del Supremo», para no pagar ni un euro más de los 2.348.467 euros que abonaron por la expropiación. Sin contar con los 4.000 euros de costas que les han impuesto en este pleito. Quieren evitar un «daño irreparable» a las arcas municipales.

Según repasa el fallo del Supremo, el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Zaragoza fijó en el 2011 el precio en los citados 2,3 millones, basándose en los parámetros del Plan de Riberas de la Expo 2008.

La sociedad Tiro de Pichón recurrió la decisión al Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), que dio la razón al consistorio. Pero un segundo recurso se la concedió a la entidad privada, en el sentido de que en el momento de iniciarse la expropiación regía la Ley del Suelo del 2007, y el terreno era zona verde de uso público, por lo que su justiprecio era de 9.643.015 euros.

DOCUMENTO

Ante esto, ya con ZeC en el poder, en julio del 2016 el consistorio recurrió de nuevo ante el Supremo, alegando entre otras cosas la aparición de un documento nuevo que acreditaba que los terrenos expropiados eran de dominio público hidráulico. Se trataba de un documento de la Comisaría de Aguas del Ebro del 2 de abril de 1976, que aludía a que los terrenos ganados al Ebro por el vertido de escombros por parte del Tiro Pichón son de dominio público.

La Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE), requerida por el consistorio, certificó que la franja de mayor amplitud expropiada era fruto de «unas actuaciones realizadas en el pasado que tuvieron como consecuencia la modificación topográfica de la ribera», autorizadas e incluso por las que se fijó un canon de ocupación.

Para el consistorio, esto suponía que el carácter público del terreno expropiado «era conocido y silenciado por la recurrente», mientras la Administración, basándose en la inscripción del Registro de la Propiedad, creyó que era privado y pagó por ello (aunque fuera más barato).

La asociación Tiro Pichón alegó que esa zona no era ningún «cerramiento con ampliación de las instalaciones», sino una zona acotada para la práctica del tiro, por la que se pagaba un canon, aunque hace ya más de 20 años que desapareció tanto la actividad como el pago.

Y recordaba que el consistorio lleva años pasándole el recibo de la propiedad del terreno sin aludir a que era público, incluso cuando se sometió a revisiones durante la confección del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del 2001, el parcial del 2006 y el Plan de Riberas. En definitiva, consideraba que el documento no podía sustentar un recurso, y la Fiscalía, y luego los magistrados así lo avalan.