El Ejecutivo autonómico, en virtud de lo establecido por el Estatuto de los Trabajadores --que confiere a las comunidades autónomas la capacidad para fijar las festividades de carácter local y autonómico--, ha aprobado el decreto por el cual se establecen las fiestas laborales retribuidas no recuperables e inhábiles para el año 2009 en la Comunidad Autónoma de Aragón. El decreto recoge el siguiente calendario festivo: 1 de enero, jueves, Año Nuevo; 6 de enero, martes, Reyes; 9 y 10 de abril, Jueves y Viernes Santo; 23 de abril, jueves, San Jorge, Día de Aragón; 1 de mayo, viernes, Fiesta del Trabajo; 15 de agosto, sábado,la Virgen; 12 de octubre, lunes Fiesta Nacional; 2 de noviembre, lunes, Todos los Santos; 7 de diciembre, lunes, Día de la Constitución Española; 8 de diciembre, martes, Inmaculada; y 25 de diciembre, viernes, Natividad del Señor.