Frente a la permisividad de la norma actual, el anteproyecto aprobado las pasadas navidades elimina el derecho a abortar y tan solo permite las interrupciones voluntarias del embarazo en dos supuestos: violación (hasta la semana 12) o amenaza para la salud psíquica o física de la mujer (hasta la 22). En este caso, la embarazada deberá contar con el aval de dos médicos de la especialidad correspondiente a la patología que sufra (psiquiatras si se acoge al riesgo psíquico) que trabajen en un centro distinto de aquel donde quiera acudir a abortar.