La justicia solo ha logrado intervenir 1,2 millones de dólares --menos de 850.000 euros-- a las empresas condenadas por el accidente del Yak-42, en el que el 26 de mayo del 2003 perdieron la vida 62 militares españoles que regresaban de una misión en Afganistán, de los que 21 eran aragoneses.

La compañía propietaria del avión, UM Air; la contratista del vuelo, Chapman Freeborn, y la aseguradora que debía cubrir las posibles contingencias, Bussin Joint, fueron condenadas por el juzgado de Primera Instancia número 2 de Zaragoza, en una sentencia ratificada por la Audiencia Provincial a finales de noviembre del año pasado, a indemnizar con 6,1 millones de euros a las familias de 59 de las víctimas. Sin embargo, según explicaron fuentes conocedoras del proceso, la ejecución de esa resolución está siendo más que complicada.

La magistrada que enjuició el asunto y que ahora, tras pedir las familias de los afectados la ejecución provisional del fallo, debe materializar la sentencia, logró embargar y ejecutar los 1,2 millones de euros a Um Air. Sin embargo, no halló ninguna propiedad ni depósito líquido que de Bussin Joint susceptible de ser intervenido para entregarlo a los demandantes.

CHAPMAN El caso de Chapman, por su parte, tiene aspectos inverosímiles. La jueza emitió un auto de ejecución internacional en virtud del cual las autoridades alemanas deben tratar de localizar los bienes de la contratista del vuelo siniestrado. Sin embargo, les ha sido imposible: la compañía ha cambiado su denominación social. El Registro Mercantil de aquel país no ha logrado identificar a la empresa que pueda haberla sucedido --caso de que se haya producido una operación de ese tipo-- ni tampoco a otra cuya vinculación con la anterior o con sus propietarios permita considerarla como civilmente responsable.

Sin embargo, la volatilización de Chapman Freeborn en Alemania añade a la compleja tramitación judicial de la tragedia un tono de disparate, ya que esa misma empresa es la que mantiene abierto en territorio español el pleito por las indemnizaciones al haberlo recurrido ante el Tribunal Supremo.

SIN PARALIZACIÓN La interposición del recurso no paraliza la ejecución provisional de la sentencia, aunque el resultado de esa tercera instancia sí tendrá consecuencias: si el Supremo la revoca, los demandantes deberán devolver lo que han cobrado: si la confirma, la contratista Chapman deberá asumir una elevada factura en concepto de costas procesales cuya ejecución quedará en manos de los tribunales.