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La creación de la Comarca Central pasa a las Cortes

El proyecto está avalado por el elevado consenso, prácticamente unánime, de los 21 municipios que integran la delimitación comarcal

La creación de la Comarca Central pasa a las Cortes

El Consejo de Gobierno de Aragón ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de creación de la Comarca Central, que se remitirá ahora a las Cortes autonómicas para su tramitación parlamentaria.

El proyecto está avalado por el elevado consenso, prácticamente unánime, de los 21 municipios que integran la delimitación comarcal, que se alcanzó durante el periodo de información pública y el proceso de participación ciudadana, ha informado el consejero de Presidencia, Vicente Guillén, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno.

La iniciativa de creación de la Comarca Central, que supondrá el cierre de la estructura institucional de Aragón y garantizará la suficiencia financiera para ejercer las competencias transferidas, fue adoptada mediante acuerdos plenarios de 20 de los 21 ayuntamientos de la delimitación comarcal; todos excepto el de Villanueva de Gállego, donde se produjo un empate que resolvió el voto de calidad del alcalde.No obstante, todos los portavoces de los grupos políticos en la Mancomunidad Central, cuya capital será Utebo, aprobaron en su momento la memoria del anteproyecto de esta ley.

La organización prevista de la Comarca Central se distribuye en cinco ejes, el primero integrado por Zuera, San Mateo de Gállego y Villanueva de Gállego; el segundo por La Puebla de Alfindén, Pastriz, Alfajarín, Nuez de Ebro, Villafranca de Ebro, Villamayor de Gállego y Osera de Ebro y el tercero por El Burgo de Ebro, Fuentes de Ebro y Mediana de Aragón.

El cuarto está conformado por Cuarte de Huerva, Cadrete, María de Huerva, Botorrita, Mozota y Jaulín y el quinto por Utebo.El municipio de Zaragoza no está integrado en ningún eje en atención a su régimen especial como capital de la Comunidad Autónoma y municipio de gran población.

Queda estipulado que su participación en la Comarca Central no puede suponer, en ningún caso, ni obligaciones económicas con cargo al presupuesto del Ayuntamiento de Zaragoza ni el ejercicio del derecho a participar en los servicios gestionados de titularidad comarcal.

Entre las competencias propias que se atribuyen a la Comarca figuran de Ordenación del Territorio y Urbanismo; Transportes; Protección del Medio Ambiente; Recogida y Tratamiento de Residuos Urbanos; Sanidad y Salubridad Pública; Acción Social; Agricultura, Ganadería y Montes; Cultura y Patrimonio Cultural y Tradiciones Populares; Deporte; Juventud.

También Promoción del Turismo; Artesanía; Protección de los Consumidores y Usuarios; Energía, Promoción y Gestión Industrial; Ferias y Mercados Comarcales; Protección civil y Prevención y Extinción de Incendios; Enseñanza u otras materias que se pudieran incorporar con posterioridad.

La Comarca también podrá ejercer la iniciativa pública para la realización de actividades de interés comarcal y participará en la gestión de obras de infraestructura y de servicios públicos básicos, en todos los casos sin perjuicio de las competencias del Estado, la Comunidad Autónoma y, en particular, de la autonomía de los municipios que la integran.

Entre las funciones y servicios mínimos figuran las materias de Acción Social, Cultura, Patrimonio Cultural y Tradiciones Populares, Deporte, Juventud, Promoción del Turismo, Servicios de Recogida y Tratamiento de Residuos Urbanos, y Protección Civil y Prevención y Extinción de Incendios.

La Comarca Central podrá crear un Servicio de Cooperación y Asistencia a los municipios que la integran cuya población sea inferior a 20.000 habitantes en las materias jurídico-administrativa, económica, financiera y técnica. Igualmente podrá cooperar con estos municipios prestando los servicios mínimos obligatorios que resultasen de imposible o muy difícil cumplimiento en los supuestos previstos legalmente.

Además de las propias, la Comarca Central podrá asumir competencias transferidas o delegadas por la Comunidad Autónoma, la provincia de Zaragoza o los municipios que la integran siempre que se mejore la eficacia de la gestión pública.

Por la misma causa, podrá igualmente delegar competencias propias a la Administración autonómica u otras entidades locales y podrá asumir encomiendas de gestión de la Comunidad Autónoma o la provincia de Zaragoza.

La asunción de competencias conllevará que la Comarca suceda a las mancomunidades cuyos fines sean coincidentes y estén incluidas en su ámbito territorial, en particular la Mancomunidad Central de Zaragoza -declarada de interés comarcal-, en un proceso de traspasos que garantizará la continuidad en la prestación de los servicios.

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