LA CITA ANUAL CON EL FISCO

Comienza la campaña de la renta 2022: estas son las claves en Aragón

Las novedades fiscales para paliar la inflación derivan en dudas por su retroactividad | Los 734.000 aragoneses contribuyentes tienen hasta el 30 de junio para declarar sus ganancias

La Agencia tributaria es la encargada de tributar el IRPF.

La Agencia tributaria es la encargada de tributar el IRPF. / EUROPA PRESS

Marcos Calvo / Agustí Sala

Los más de 734.000 contribuyentes aragoneses (cifra de la última campaña) podrán rendir cuentas desde hoy con el fisco en la cita anual con la Agencia Tributaria. Para los más previsores, la declaración de la renta 2022 ya puede hacerse por internet para saber si deben pagar o recibir de las cuentas que cada ciudadano hace con Hacienda según los ingresos obtenidos el año pasado. Será la actual una campaña «confusa» por las novedades fiscales aprobadas en el último año y advierten los expertos de que será muy importante saber qué medidas aplican sobre las cuentas de 2022 y cuáles lo harán sobre la campaña de 2023. Entre otras cosas, quienes saben de números con el fisco subrayan que deberán declararse tanto el bono cultural de 400 euros para jóvenes como el cheque antiinflación de 200 (ya para esta declaración), mientras que para la de 2023 la renta mínima para declarar subirá de los 14.000 a los 15.000 euros.

La principal novedad en Aragón para la cita de este año, que se sitúa en el «pelotón de las comunidades autónomas que pagan más impuestos», según explica María Teresa Gómez Latorre, la presidenta del Colegio de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja, llega con la reducción de un 0,5% de la cuantía que pagaban las rentas inferiores a 60.000 euros, una de las medidas estrella de la reforma fiscal aprobada en noviembre por el cuatripartito que incluye también una subida impositiva a las rentas más altas. Así, los tipos mínimos se quedan en el 9,5%; y los máximos, en el 25,5% para aquellas rentas que superan los 130.000 euros, con el objetivo de que la balanza no se resienta al aliviar la deuda con Hacienda de las rentas más modestas.

Será por medidas como esta, puesto que cada autonomía ha decidido cómo afrontar la reforma fiscal en el tramo autonómico del IRPF (el tramo estatal no cambiará este año), por las que la campaña de la renta de 2023 será la de mayores diferencias en la tributación de los salarios en las distintas autonomías. Las cuentas son sencillas: Pablo tiene una renta de 12.000 euros, pero con el alza del IPC su salario anual se revaloriza hasta los 13.000, por lo que cambia el tramo en el que debe tributar, pasa de pagar del 9,5% al 12% y no recupera poder adquisitivo.

Es por ello que los gobiernos autonómicos han aprobado medidas para evitar en la medida de lo posible que se tribute más por el impacto de la inflación. En el tramo estatal del IRPF no ha producido ningún ajuste de ese tipo, aunque el Ministerio de Hacienda admitió que recaudó el año pasado unos 10.000 millones más de lo previsto. En los casos de Andalucía, Galicia, Valencia, Madrid y Murcia se han aplicado deflactaciones (modificaciones en los tramos del IRPF para eliminar los efectos de la inflación) de entorno al 4% en el tramo autonómico de la tarifa.

El calendario de la renta.

El calendario de la renta. / GRACIA, RICARD

Sin embargo, es en el capítulo de deducciones donde más dudas surgen. Según explica la presidenta del Colegio de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja, «hay que estar muy atentos a las deducciones a las que podemos optar». «Da igual tener una renta de 80.000 euros: es imprescindible guardar toda la documentación y facturas posibles por si acaso», apunta la presidenta del colegio, puesto que «nunca se sabe a qué requisitos puedes atenerte hasta que te pones con el borrador».

Explica Gómez que los descuentos más habituales en la comunidad son para quienes amplían la familia. Los residentes en municipios con menos de 10.000 habitantes se pueden deducir 100 euros por el nacimiento o adopción del primer hijo y 150 por el segundo, aunque esta cifra aumenta a 200 y 300 euros, respectivamente, cuando la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro no supere los 35.000 euros en declaración conjunta y los 23.000 € en individual.

El bono cultural y el cheque antiinflación

«Habrá que tener cuidado. Este año nos encontramos con la obligación de declarar algunas ayudas que en principio parecieron que iban a ser gratuitas, pero que en la práctica se han considerado como ganancias patrimoniales. Hay dos ejemplos claros: el bono cultural joven de 400 euros para quienes cumplen 18 años; y la ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio que todavía se puede solicitar hasta el 31 de marzo», desarrolla María Teresa Gómez.

En el marco de la educación, la deducción por los libros de texto de cada hijo es una de las cuestiones más preguntadas a los expertos, aunque los requisitos suelen hacer que la cuantía a desgravar se quede en 37 euros. Del mismo modo, la ampliación de la deducción por obras de mejora de eficiencia energética en un año más.

Aquellos contribuyentes que tengan personas mayores de 70 años a su cargo se podrán deducir 75€, siempre que la suma de su base imponible general y su base imponible del ahorro no sea mayor de 35.000€ en declaración conjunta y de 23.000 € en individual.

"Habrá que tener cuidado. Este año nos encontramos con la obligación de declarar algunas ayudas que en principio parecieron que iban a ser gratuitas, pero que en la práctica se han considerado como ganancias patrimoniales"

Además, se han establecido dos nuevas deducciones dirigidas a la protección de las personas o familias ucranianas que hayan sido acogidas en la comunidad, pudiendo aplicarse una deducción de 300 € por persona acogida con un límite de 1.000 y una deducción del 20% sobre las cantidades donadas a entidades sin ánimo de lucro para la ayuda a la guerra de Ucrania.

También estarán exentas de declararse las subvenciones y ayudas concedidas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios durante 2021 y 2022 para rentas de hasta 35.000 euros y se podrá acceder a una deducción del 20% de las cantidades invertidas a lo largo del año fiscal en la adquisición de acciones o participaciones sociales de entidades de reciente creación, siempre y cuando el importe de la inversión no supere los 50.000 euros y hasta una desgravación máxima de 4.000 euros.

Otro capítulo importante son las aportaciones anuales máximas a los planes de pensiones o de previsión social, que pasan de 2.000 a 1.500 euros y la contribución empresarial, de 8.000 a 8.500 euros. Los excesos de aportaciones de años anteriores podrán aplicarse sin proporcionalidad y se permite el límite máximo incrementado con independencia de las cantidades aportadas.

También es posible deducirse el 15 % de lo pagado durante el año pasado en concepto de guarderías o centros de educación infantil, hasta un límite de 250€ por cada hijo siempre y cuando la suma de la base liquidable general y la base liquidable del ahorro debe ser inferior a 35.000 € en declaración individual y a 50.000 € en conjunta.