La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza ratificó ayer, en una celérica tramitación de apenas cuatro horas, la sentencia por la que la magistrada del Juzgado de Menores número 2 de la capital aragonesa declaró a un muchacho coautor del asesinato del traficante senegalés Lamine Gueye y le impuso una pena de siete años de internamiento en régimen cerrado y tres más de libertad vigilada al finalizar los primeros.

La sentencia, fechada el 20 de febrero, fue recurrida por el abogado defensor del menor, Manuel Martín Calvente, el pasado viernes. El Juzgado de Menores remitió el legajo el mismo día 28 a la Sección Sexta de la Audiencia, que el lunes convocó la vista oral del recurso para el día siguiente.

La vistilla, señalada para las 9.30 horas, finalizó poco antes de las diez de la mañana. Los magistrados habían emitido su fallo a las dos del mediodía, después de haber celebrado un juicio por estafa.

La causa de la rapidez se encuentra en la situación de internamiento provisional en la que se encontraba el acusado. Fue detenido el 5 de junio, y la Ley del Menor establece taxativamente que la reclusión no puede superar los nueve meses, que se cumplían hoy, festivo en Zaragoza. Un fallo posterior al mediodía de ayer habría supuesto la liberación del muchacho, con independencia de que posteriormente hubiera tenido que volver a ingresar en el reformatorio en caso de que el fallo de la Audiencia Provincial hubiera confirmado el emitido en primera instancia.

LITERATURA ESTÉRIL

La sentencia de la Audiencia desestima todos los argumentos de la defensa --Fiscalía pidió en un breve informe la confirmación del fallo inicial--. Entre ellos el que solicitaba la nulidad de la sentencia al considerar que la exposición que efectuó la jueza en los antecedentes de hecho suponía una predeterminación del fallo.

El tribunal concluye que esos relatos, "tan prolijos como innecesarios", eran "absolutamente innecesarios y absolutamente prescindibles, constituyendo literatura estéril" e "innecesaria" para la redacción de la sentencia, a la que la jueza dedicó treinta días cuando el plazo que da la ley es de cinco.

La Audiencia rechaza declarar nula la sentencia por atribuir esta hechos al hermano del condenado --pendiente de juicio en la Audiencia-- y a otros dos jóvenes imputados por encubrimiento, aunque ordena sustituir las referencias a los mismos por otras a "terceras personas".