Desde que entró en vigor la Ley de Juicios Rápidos en abril del año 2003, los Juzgados de Zaragoza han recibido en torno a 6.500 asuntos entre faltas y delitos. De ellos, algo más del 50% por ciento ha sido juzgado y sentenciado en cuestión de días por el procedimiento de urgencia, mientras que en el resto una serie de circunstancias, en especial la práctica de pruebas complejas, ha impedido la celebración inmediata del juicio y ha sido tramitado por el sistema ordinario de diligencias previas.

Transcurrido un año y medio desde que empezó a aplicarse la Justicia rápida, el balance es positivo, pero sólo parcialmente. Los profesionales del Derecho reconocen que, por un lado, los juicios rápidos "han descongestionado" los juzgados de instrucción, que hasta la reforma legal "estaban saturados de pequeños asuntos que se eternizaban en las dependencias judiciales", tal y como reconoce un magistrado.

Sin embargo, por otro lado, los juicios rápidos por delito, que se celebran en los juzgados de instrucción cuando se encuentran de guardia, "han tensionado hasta extremos increíbles el trabajo de jueces, funcionarios, abogados, fiscales y forenses", según fuentes judiciales. Y lo mismo puede decirse de los juicios de faltas, que se celebran el día anterior a la guardia.

SOBREESFUERZO "El problema de los juicios rápidos es que, para que funcionen, requieren un sobreesfuerzo de todos los estamentos de la Administración de Justicia", apunta el abogado José Manuel Marraco.

"El Ministerio de Justicia exige celeridad, pero no ha incrementado los medios técnicos y humanos necesarios para poder prestar un servicio público de calidad, con lo que el mismo personal que había antes de la nueva ley tiene que atender a muchos más asuntos", afirma Marraco.

Además, los abogados se quejan de que los juicios rápidos "limitan el derecho de defensa", en palabras del letrado Mariano Bonías, que mensualmente interviene en numerosos juicios por el procedimiento de urgencia.

"Se ha ganado en rapidez, pues casos que antes estaban meses estancados en los juzgados, como las alcoholemias positivas, ahora se resuelven en un plazo de quince días desde la comisión de los hechos hasta la sentencia", reconoce Bonías.

El inconveniente del fuerte ritmo que se ha imprimido a la tramitación de las faltas y de los delitos penados con menos de cinco años de cárcel es que, como señala Bonías, "hay una tendencia a descartar la práctica de pruebas que alarguen el procedimiento para realizar el trámite lo más aprisa posible".

Los delitos de violencia doméstica, que acaparan casi la mitad de los juicios rápidos, son los más perjudicados por las prisas procesales. Muchos de ellos tienen que ser desviados al procedimiento ordinario, pero, mientras tanto, colapsan el funcionamiento del juzgado.

"Estamos agobiados, no podemos llegar a todo", lamenta una funcionaria del Juzgado de Instrucción número 6. "Los juicios por malos tratos en el ámbito familiar, que suelen ser muy largos, lo paralizan todo".

El número de asuntos susceptibles de ser vistos por el procedimiento de urgencia que llegan al juzgado de guardia es muy variable. "Hay días en que entran hasta doce asuntos, aunque lo más frecuente es que se reciban entre siete y ocho", comentan fuentes de la Fiscalía de los Juzgados.

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