La titular del Juzgado de Instrucción número ocho de Zaragoza ha decretado el sobreseimiento provisional de las diligencias contra tres funcionarios de la Delegación del Gobierno en Aragón por la desaparición de un alijo de marihuana. La droga, consistente en varias plantas de cultivo, estaba depositada en la delegación como prueba judicial.

Si bien el archivo de actuaciones decretado por el juez instructor ha liberado de responsabilidades penales a los funcionarios y al resto de los imputados, persiste ahora el expediente administrativo de sanción, que pretende restaurar la confianza en los laboratorios de la delegación.

Tal como informó este periódico, la marihuana, requisada por la Guardia Civil en Ejea, pertenecía a un grupo de 16 jóvenes para los que el fiscal solicitaba penas de un año de cárcel y multas de 5.100 euros.

Su desaparición de las dependencias gubernativas se descubrió cuando el juzgado solicitó una nueva prueba de contradicción de las plantas, reclamada por la defensa de los jóvenes, disconforme con el peso que dieron los primeros análisis, en los que se incluía tierra y tallos.

La jefa de sección de Inspección Farmacéutica y de Control de Drogas, que fue suspendida de empleo y sueldo, intentó ocultar los hechos y elaboró una muestra con plantas de otros expedientes. El engaño fue descubierto a tiempo por la sección y lo denunció a la subdelegación.

Inicialmente, se abrieron diligencias por estos hechos a la jefe de sección, al conserje que descubrió los hechos y el director del área de Sanidad, a quienes se imputó por los presuntos delitos de infidelidad en la custodia de efectos judiciales, obstrucción a la justicia y falsedad en documento oficial.

Finalmente, la juez instructora ha estimado el informe del ministerio fiscal, que considera que los hechos no tienen cabida en el Código Penal. Al no haber ninguna acusación particular personada, prevalece este criterio para el archivo.

En opinión del fiscal, debe de descartarse la falsedad documental, ya que la marihuana manipulada no reune los requisitos para ser considerada como documento.

La falsedad se hubiera cometido de no ser descubiertos los hechos a tiempo y cuando la jefa de la sección hubiera afirmado por escrito que la prueba correspondía a la droga de Ejea. Sin embargo, no llegó a ocurrir así y el proceso se detuvo en los preparativos, que no están penados: "La voluntad aún no se ha manifestado de forma inequívoca hacia la comisión del delito".

El fiscal reconoce que la conducta de la imputada "suscita un instintivo reproche", pero no puede ser penal relacionando los hechos con el falso testimonios o la obstrucción a la justicia. Estima que su interpretación resultaría forzada y que el legislador no pensaba en hechos como estos al redactar la ley. Tras señalar que el reproche penal "debe de ser neto, claro e indudable o no serlo", concluye que la jefa de sección no cometió delito y "mucho más lejos anduvieron los otros imputados".