El Juzgado de Primera Instancia 21 de Valencia ha condenado a los padres de dos jugadoras del Levante UD femenino infantil y al club a pagar 3.000 euros en concepto de indemnización a una jugadora a la que sus compañeras fotografiaron desnuda en el vestuario. Los hechos sucedieron tras la disputa de un encuentro en la localidad de Picassent.

Los padres de la jugadora fotografiada presentaron una demanda contra los de las otras dos jugadoras y el club por vulneración del derecho al honor y la propia imagen en la que reclamaban el pago de 7.000 euros por daños morales. En la demanda se expone que la víctima fue fotografiada por las demandadas cuando se duchaba en el vestuario, y que esa imagen fue compartida en una red social.

La menor denunció los hechos ante su entrenador, y este a la coordinadora del club, motivo por el cual se abrió expediente a las demandadas y se les impuso una sanción de dos meses sin jugar. La denuncia se dirigía también contra el club por considerar que era responsable de los hechos ocurridos mientras las menores se encontraban bajo su «dependencia y supervisión». Además, se exponía que la menor se había visto obligada a someterse a tratamiento médico en una unidad de salud mental infantil durante varios meses.

En el juicio, el club alegó que los hechos sucedieron en unas instalaciones que no le son propias, que el entrenador no estaba presente y que la difusión de la fotografía se produjo al margen de lo deportivo. Además, insistió en que las jugadoras fueron sancionadas y que, según el reglamento de régimen interno, los móviles deben estar apagados desde la entrada en el vestuario. La parte demandada alegó que no se fotografió a la menor desnuda, sino que las autoras se tomaron un selfie. En la sentencia, la jueza deja claro que «no se trató de un selfie, sino que «se observa con meridiana claridad que el objetivo y el centro de la foto es la menor», concluyó.