La Comisión Europea (CE) ha enviado un escrito al Gobierno español en el que le da dos meses para suavizar el sistema de sanciones vinculado al incumplimiento de la obligación de declarar a Hacienda el conocido como modelo 720, de declaración de bienes en el extranjero.

«De no recibirse una respuesta satisfactoria en el plazo de dos meses, la Comisión puede llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE)», advierte la Comisión Europea en un comunicado difundido ayer.

El Ejecutivo comunitario considera que «España tiene derecho de exigir a sus contribuyentes que notifiquen a las autoridades determinados activos que mantienen en el extranjero» pero interpreta que «las multas impuestas en caso de incumplimiento son desproporcionadas».

El régimen sancionador del modelo 720 puede llevar a acumular multas equivalentes al 120% del valor no declarado. No presentar la declaración conlleva una sanción de 5.000 euros por cada dato no aportado, con un mínimo de 10.000 euros. En la práctica, esto significa que no declarar una cuenta supone una sanción de 20.000 euros; o que omitir un inmueble es penalizado con 25.000 euros. Si se presenta fuera de plazo, la sanción es de 100 euros por dato y un mínimo de 1.500. Al margen de estas sanciones, la norma establece que las rentas derivadas de estos bienes quedarán imputados al ejercicio más antiguo no prescrito -lo que implica que tributarán al tipo marginal del IRPF (o en Sociedades)- y que se aplicará una sanción del 150%.

MEDIDAS DISCRIMINATORIAS / Según el razonamiento de la CE, «como las multas son mucho más altas que las sanciones aplicadas en un contexto puramente nacional» la regulación del modelo 720 «puede disuadir a las empresas y a los particulares de invertir en el mercado único o desplazarse por él2. Esta es la razón por la que el Ejecutivo Comunitario considera que «estas disposiciones son discriminatorias y entran en conflicto con las libertades fundamentales de la UE».