El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera abusiva una hipoteca concedida en divisa extranjera cuando su comercialización se haya producido sin la transparencia suficiente. Y ha concluido que los bancos deben facilitar al cliente «la información suficiente para que este pueda tomar decisiones fundadas y prudentes».

El tribunal europeo se pronunció sobre esta cuestión el mismo día en el que el pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo debía definir su posición sobre este tipo de productos. Esa sentencia se conocerá en los próximos días.

Las hipotecas multidivisas se contrataron en euros pero las cuotas y la cantidad a amortizar se recalculan periódicamente en la divisa elegida, ya sean yenes, francos suizos u otra divisa. Si el euro se devalúa frente a esa divisa, sube la cuota.

La corte de Luxemburgo subraya en la sentencia sobre el caso de una ciudadana rumana -Ruxandra Paula Andricius que contrató una hipoteca en francos suizos con la Banca Româneasca- que la institución financiera debe comunicar al consumidor «toda la información que le permita valorar las consecuencias económicas de una cláusula sobre sus obligaciones financieras». El Tribunal Superior de Oradea (Rumanía) planteó la cuestión al TJUE, que ahora se pronuncia.

El TJUE considera que las entidades bancarias deben comunicar no solo la posibilidad de apreciación o depreciación de la divisa del préstamo, sino también los efectos en las cuotas.

El tribunal comunitario resalta que corresponde al juez nacional verificar si se han comunicado al cliente «todos los elementos que pueden incidir en el alcance de su compromiso» y, de ese modo, pueda evaluar el coste total de su préstamo. El TJUE afirma que es responsabilidad del magistrado nacional evaluar la existencia de «un posible desequilibrio importante entre las partes del contrato», además del «posible incumplimiento por parte del banco de la exigencia de buena fe».