Antes de que el pasado lunes una sentencia pionera estableciera que un rider de Deliveroo era un falso autónomo, Inspección de Trabajo ya había coordinado una acción conjunta en Valencia, Madrid, Barcelona y Zaragoza para investigar las relaciones laborales que estas nuevas empresas mantenían con sus repartidores. Esta actuación, que se inició en la capital aragonesa en el 2017 a raíz de varias denuncias particulares, se encuentra al final del proceso pero aún sin resolución.

Mediante esta investigación, Inspección citó al centenar de repartidores autónomos que trabajaban para Deliveroo y Glovo en la capital aragonesa, y a los que ya habían dejado de prestar sus servicios, para indagar sobre el funcionamiento de la plataforma y la relación laboral que estos tenían con las compañías. «Inspección me mandó un correo electrónico el año pasado para citarme y hacerme unas preguntas sobre mi relación laboral con la empresa», recuerda un repartidor, que añade que más tarde Deliveroo envió otro correo a todos sus riders pidiéndoles los documentos para acreditar que estaban dados de alta como autónomos. «Tengo constancia que prescindieron de los servicios de algunos riders que no eran autónomos», afirma un repartidor zaragozano de Deliveroo.

Sin embargo, la situación es «compleja». «A lo largo de todo el proceso, estas empresas han ido adaptándose rápidamente para eliminar elementos de relación laboral», recalcan fuentes de la Inspección de Trabajo, que aseguran que estas firmas suprimieron «la cantidad mínima garantizada» y «han reducido la formación» de sus repartidores. Prueba de ello fueron las declaraciones que realizó Deliveroo a través de un comunicado hace unos días tras la sentencia que obligaba a la empresa a indemnizar o readmitir a un rider por irregularidades: El repartidor tenía un «contrato anterior» que «no refleja la forma en que los riders colaboran actualmente con Deliveroo».

Aun con todo, esta sentencia pionera puede crear jurisprudencia para futuras resoluciones. De hecho, fuentes de Inspección de Trabajo, subrayan que de demostrarse lo probado en la sentencia, «todos los repartidores de estas empresas deberán darse de alta como asalariados y cotizar por todo lo trabajado». Sin embargo, «lo normal es que la empresa recurra y todo termine en los tribunales. De ser así, los jueces tienen la última palabra», concluyen.