¿El sabor de un alimento puede estar protegido por derechos de autor? La pregunta la recibió hace unos meses el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a raíz del litigio que enfrenta en los tribunales holandesas a dos sociedades que fabrican queso para untar. Y a tenor de la sentencia que ha publicado la corte europea la respuesta es negativa. El sabor de un alimento no puede ser calificado de «obra» y, por tanto, no puede gozar de la protección del derecho de autor. El caso se refiere al Heksenkaas y al Witte Wievenkaas. El primero es un queso para untar a base de nata fresca y finas hierbas creado en el 2007 por un comerciante holandés de verduras y productos frescos. Los derechos de propiedad intelectual del producto fueron traspasados a la firma holandesa Levola, que los adquirió mediante cesión del comerciante. Mientras tanto, desde el 2014, la empresa holandesa Smilde fabrica un producto denominado Witte Wievenkaas para una cadena de súpers holandeses.

Al considerar que su producción y venta vulneraba los derechos de autor sobre el sabor del Heksenkaas, Levola solicitó ante los tribunales holandeses que ordenara a Smilde que dejara de producir y vender su queso. La empresa solicitante alegó que el sabor de su Heksenkaas es una obra protegida por derecho de autor y que el sabor del queso que empezó a fabricarse en el 2014 era una reproducción. La corte de apelaciones holandesa preguntó al Tribunal de la UE, que ha sentenciado en contra. Según los jueces europeos, para obtener protección de derechos de autor el sabor de un alimento debería ser calificado de «obra».

Esto implica que el objeto sea una creación intelectual original y exige una expresión de esta. La protección del derecho de autor abarca las expresiones, pero no las ideas, los procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí. Por tanto, subrayan los jueces, «el concepto de obra contemplado en la directiva implica necesariamente una expresión del objeto de la protección con arreglo al derecho de autor que lo identifique con suficiente precisión y objetividad». Sin embargo, «no es posible identificar de manera precisa y objetiva el sabor de un alimento». Es la diferencia con respecto a una obra literaria, pictórica, cinematográfica o musical, que es una expresión precisa y objetiva. Lasentencia firma que la identificación del sabor de un alimento «se basa esencialmente en sensaciones y experiencias gustativas, que son subjetivas y variables».