-¿Es relevante para las personas con discapacidad la modificación del Código Civil planteada por el Gobierno?

-Es histórica porque esta reforma no es más que la adaptación de la legislación española a lo establecido en el artículo 12 de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, donde se dice que estas tienen derecho a tomar sus decisiones, como el resto de la sociedad, aunque en algunos casos necesitarán unos apoyos. La actual legislación sustituye la voluntad de la persona con discapacidad intelectual en su toma de decisiones, normalmente, mediante una tutela. Bien es verdad que, en los últimos cinco años, las sentencias sobre modificación de la capacidad ya venían estando un poco acorde con la convención y, de alguna manera, eran hechas a medida. Salvo que la persona tenga un nivel de discapacidad muy alto, se estaba sustituyendo la tutela por la curatela.

-¿Cuál es la diferencia?

-La curatela se utilizaba en pocas ocasiones y ahora es la figura más importante de la reforma. El curador es una persona física o jurídica que el juez designa y que apoya a la persona con discapacidad en la toma de decisiones concretas, en los aspectos de su vida que el juez estipule que no puede desenvolverse, como el económico o el médico. Ese es el aspecto más importante de la reforma, que se pasa de sustituir la voluntad de la persona a prestar apoyos en la toma de decisiones.

-¿Qué debería contemplar la reforma en su trámite parlamentario?

-Como toda ley, necesita una dotación presupuestaria. Y todavía hay que reglamentar cómo van a ser esos apoyos y quién va a prestarlos. Si no, lo único que habremos hecho es crear una situación compleja para los jueces a la hora de tomar decisiones. Plena Inclusión y la Asociación Española de Fundaciones Tutelares (AEFT) han trabajado durante siete u ocho años con la comisión que ha elaborado el borrador. Y ahora se están creando una serie de comisiones de trabajo para el desarrollo de la ley, coordinadas por Aequitas, la fundación del notariado. Ahí intervienen el legislador, las instituciones, las entidades de discapacidad, el defensor del pueblo y el Justicia de Aragón, en nuestro caso.

-¿Cómo será el nuevo procedimiento de incapacitación?

-Se inicia un procedimiento judicial, bien con abogado o bien denunciando directamente a Fiscalía, se nombra el defensor de la persona a la que se pretende incapacitar y se la somete a una valoración pericial del médico forense. Luego, fiscal, defensor, juez y médico establecen qué apoyos necesita. Eso va a seguir siendo igual. Pero ahora, la solicitud de modificación de la capacidad no será total. De hecho, la tutela desaparece del Código Civil para mayores de edad, y solo se queda para menores. Lo que se van a nombrar son curadores o prestadores de apoyos. Es un paso adelante que, desde la AEFT y otros ámbitos de la discapacidad, se venía reclamando desde hace muchos años.

-¿No puede haber un conflicto de intereses si la misma entidad que presta servicios a la persona con discapacidad ejerce de curadora?

-La ley lo impedirá. Eso ya lo contempla Plena Inclusión. Dentro de su organigrama, en cada comunidad autónoma existen entidades prestadoras de servicios y fundaciones tutelares, que no prestan servicios sino apoyos. La ley aragonesa de derechos y garantías de las personas con discapacidad, aprobada el año pasado, ya determina que el tutor o curador no podrá ser el prestador de servicios, para preservar los derechos de la persona y no ser juez y parte.

-¿Qué ocurrirá con los adultos cuyos padres conservan la patria potestad?

-Esto también va a desaparecer del Código Civil, y muchos padres tienen cierta incertidumbre. Siempre intento calmarles. Ahora ya no tomarán las decisiones que creen mejores para sus hijos sin comentarlas y consultarlas con ellos. Y cuando haya un conflicto de intereses, el juez decidirá. A los padres, como a los tutores, se nos va a complicar un poco la cosa, pero en beneficio del tutelado o hijo a cargo. Esa es la filosofía de la convención de la ONU.

-¿Se garantiza la protección de las personas más dependientes?

-Igual. Para las personas con grandes discapacidades, que requieren apoyos en todos los aspectos de su vida, será una curatela al 100%. Será como una tutela, pero todas pasarán por un procedimiento judicial, aunque más simple que el actual. Todas las comunidades autónomas tienen ya juzgados especializados en tutelas y curatelas. Pero ahora se sustituirá el juicio oral por la revisión por parte de un equipo valorador, con trabajador social y médico forense, y será el que decidirá.

-¿No existe el peligro de que la curatela pueda seguir justificando la representación total de la persona?

-Corremos ese riesgo. Las sentencias de modificación de la capacidad tres personas tuteladas, una con un 25% de discapacidad, otra con un 55% y otra con un 90%, hace quince o veinte años, eran iguales: se sustituía su voluntad y alguien tomaba decisiones por ellas. Ahora no, desde que funcionan los juzgados especializados, las sentencias son mucho más a la medida, y casi siempre curatelas. Pero que no nos asuste la reforma. En la Fundación Tutelar Luis de Azúa apoyamos a 30 familias que tienen la patria potestad prorrogada, ayudándoles a que sus hijos vayan tomando decisiones. Cuando les dejamos hacerlo, les apoyamos y estamos a su lado, van aprendiendo. Y también tienen derecho a equivocarse. Todos vamos aprendiendo de los errores. De lo que se trata es de normalizar la vida diaria y la toma de decisiones de las personas con discapacidad.