La pensión mínima de jubilación para las personas de 65 o más años con cónyuge a su cargo será de 782,90 euros mensuales en 2015, dos euros más que en 2014, mientras que para los beneficiarios menores de esa edad será de 733,80 euros al mes, es decir, una subida de 1,90 euros.

Así se desprende del decreto ley aprobado hoy por el Gobierno, que establece un aumento con carácter general del 0,25% en 2015 para las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, así como de clases pasivas.

Si la persona jubilada tiene 65 o más años y carece de cónyuge, recibirá una pensión mínima de 634,50 euros y, si no ha cumplido esa edad, cobrará 593,50 euros.

Para los mayores de 65 con cónyuge que no esté a su cargo, la cuantía es de 601,90 euros mensuales y de 560,80 euros para los menores de esa edad.

En los supuestos de gran invalidez, para mayores de 65 la prestación mínima será de 1.174,40 euros al mes para los pensionistas con cónyuge y de 902,90 para los que no lo tengan a su cargo.

Para los que no tienen cónyuge y se consideran como unidad económica unipersonal, esa pensión ascenderá a 951,80 euros.

En lo que se refiere a viudedad, quienes tengan cargas familiares cobrarán 733,80 euros al mes; los de 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 %, 634,50 euros; entre 60 y 64 años, 539,50 euros; y con menos de 60 años 480,30 euros.

En las pensiones de orfandad, la ayuda por beneficiario se fija en 193,80 euros al mes.

Por beneficiario, con una discapacidad de al menos el 65 % y menor de 18 años se fija una pensión de 381,40 euros al mes.

Las prestaciones en favor de familiares serán de 193,80 euros mensuales por beneficiario, de 486,50 euros si sólo hay un receptor mayor de 65 años y de 441,30 euros si es menor de esa edad.

Respecto a las no contributivas, se fijará la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez en 366,90 euros íntegros al mes.

La cuantía de las pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) queda fijada en 405,90 euros mensuales si no concurre con otras prestaciones.