La crisis de este virus maldito nos está deparando debates de lo más interesantes, para quienes sean amigos de ellos, claro. Un horror está siendo la aparición de miles de expertos (como toreros, faranduleros, cómicos, etc,) que se lanzan al ruedo, nunca mejor dicho, a tratar de explicarnos cuestiones técnicas sin conocimiento alguno. Algo desconcertante, para mí, es la irrupción en prensa, utilizando esta palabra de manera muy laxa, de expertos de verdad, en una determinada materia, que se atreven a ir más allá de sus conocimientos científicos y recomiendan al Gobierno la toma de determinadas decisiones, como si el Ejecutivo solo tuviese que atender a una parte del problema despreciando a todas las demás.

De lo que pretendo hablar en este artículo es de un debate que, de antemano lo admito, suele ser muy aburrido. Me estoy refiriendo a cuestiones jurídicas.

Nuestra Constitución, en su artículo primero, dice que España se constituye en un Estado social y democrático de derecho. Lo relativo a asuntos sociales creo que está bastante bien asimilado, con derechos sociales y el papel del Estado interviniendo en asuntos económicos en beneficio de determinados colectivos, lo que no admite discusión, aunque sí se debate la amplitud de esa acción. Sobre democracia no creo necesario decir nada ya que ni en cien manuales gruesos podríamos fijar con exactitud este concepto, tan amoldable a la ideología de cada cual (como ejemplo baste decir que el independentismo catalán exige como democrático su derecho a poner unos envases, que no urnas, en ciertos lugares, no colegios electorales, para que un número indeterminado, no censado, de personas introduzcan un papel, no una papeleta electoral, y tras un recuento inexistente, dar por buenos unos determinados resultados; insisto, eso es democracia para ellos). Lo del Estado de derecho es aún más complicado.

En el mundo occidental la forma de gestionar políticamente a los ciudadanos de entes que hoy, no desde luego ayer, llamamos Estados, ha ido evolucionando. A veces poco a poco y otras de golpe, mediante revoluciones. La más famosa es la francesa de 1789 que triunfó coreando los lemas de «liberté, egalité, fraternité» y que con el paso de los años fue consolidando principios que antes habían elaborado teóricos como Voltaire, Rousseau o Montesquieu. A este último, Charles de Secondat era su nombre, le debemos la obra 'L’esprit des lois' en la que consagra la separación de poderes como algo imprescindible en cualquier Estado constitucional pero, además, puso el acento en lo que estoy queriendo destacar: la importancia de las leyes. La ley como expresión de la voluntad de los ciudadanos; la ley aprobada en el Parlamento; la ley, siempre la ley, o lo que escrito como eslogan quedaría así: el imperio de la ley. Pues bien, hoy decimos Estado de derecho a lo que entonces llamaron imperio de la ley.

Son las Cortes, casi siempre, las que aprueban las leyes (a veces el Gobierno, decreto-ley, decreto legislativo) pero hay muchos otros actores en el mundo jurídico, jueces, fiscales, funcionarios, abogados, que tienen que interpretarlas para usarlas, y no siempre lo hacen de la misma forma. Y, más aún, profesores o expertos que las estudian y critican, cuando ya están en vigor o que hacen aportaciones previas a su aprobación.

Nos encontramos en un estado de alarma. El Gobierno y el Congreso de los Diputados han tenido que, de acuerdo con la Constitución y la ley, tomar decisiones. Y las tenemos que cumplir. Pero, ¿cabe la discusión jurídica? ¿Todos estamos de acuerdo en lo que se ha hecho? Dos juristas, ambos catedráticos, de mucho prestigio, y magistrados eméritos del Tribunal Constitucional, Manuel Aragón Reyes y Pedro Cruz Villalón, han mantenido una amable discusión sobre si el estado de alarma es lo más adecuado en las actuales circunstancias o cabría haber aplicado el estado de excepción, con posturas claramente diferentes.

Para el ciudadano medio este debate es como hablar de marcianos pero no así para el Gobierno ni para los parlamentarios y, me atrevo a decir, para los actuales miembros del TC que, con mucha seguridad, tendrán que pronunciarse sobre este extremo. Y aquí es donde quería llegar. Nos imaginamos que los partidos políticos, los parlamentarios, el Gobierno tienen un amplio margen de actuación. Pero no es así. La ley está ahí, y hay que interpretarla, y los juristas pueden (deben, a mi juicio) ejercer lo que los americanos llaman 'checks and balances', pesos y contrapesos, para evitar los excesos en el uso del poder.

El debate jurídico es necesario, imprescindible, lo entendamos o no. El Estado de derecho los necesita, aunque la mayoría de los ciudadanos no acierten a comprender cómo el Tribunal Constitucional alemán ha sentenciado que el derecho de manifestación no está suspendido en el estado de alarma. ¿Se pueden manifestar los alemanes? Pues sí, con cautelas, la ley no lo impide. El Estado de derecho.

*Militar. Profesor universitario. Escritor