Observamos a algunos líderes de los partidos políticos cómo apelan a la Constitución. A esos líderes «constitucionalistas» les dedico estas líneas. La Constitución es para cumplirla, no para alardear de ella en campaña electoral o demonizar al contrincante político. Un ejemplo de incumplimiento constitucional es el de su artículo 9.2 «Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social». Obviamente obliga a los poderes públicos. Y sin embargo, estos no solo no facilitan la participación ciudadana en la vida política es que la entorpecen con el voto rogado, una modalidad de sufragio en la que el elector potencial se ve obligado a «rogar» que le sea concedido el derecho a voto, que afecta sobre todo a los españoles residentes en el extranjero.

Una breve historia del tema. El pasado 26 de febrero en el Congreso de los Diputados se presentó para su consideración una Proposición de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, Orgánica de reforma de la ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para la regulación del ejercicio de voto por los españoles que viven en el extranjero, y en su defensa el diputado socialista Cámara Villar dijo: Una bien intencionada reforma de 2011 para evitar episodios de fraude electoral introdujo el llamado ruego del voto, pero muy pronto se pudo constatar que esta medida producía graves efectos disuasorios en la participación de los electores inscritos en el censo de españoles residentes ausentes. En las elecciones generales se pasó, aproximadamente, de un 32 % en 2008 a algo menos de un 5 % en 2011, manteniéndose un porcentaje cercano en las de 2015 y 2016. En las elecciones andaluzas del pasado diciembre, solo unas 7.000 personas de un censo de casi 243.000 emigrantes pudieron ejercer su derecho a voto (2,9% de participación).

El 28 de febrero el Pleno del Congreso de los Diputados excluyó del orden del día la proposición de ley orgánica de reforma mencionada. Han sido incapaces las fuerzas políticas de ponerse de acuerdo. El problema del voto rogado continúa. Para ello recurro a la Marea Granate cuya dirección es mareagranate.org. Es un movimiento transnacional, apartidista y feminista formado por emigrantes del Estado español y simpatizantes, cuyo objetivo es luchar contra las causas y quienes han provocado la crisis económica y social que nos obliga a emigrar. Nació al calor de otros movimientos sociales aparecidos en España en los últimos años. Son la extensión de estos fuera del país. La marea es granate, como el color de nuestros pasaportes, símbolo de nuestra emigración forzada.

Marea Granate señala que la repentina convocatoria de elecciones generales en el Estado español para el próximo el 28 de abril ha dado al traste con la propuesta de reforma de la LOREG y con los dos años de trabajos (infructuosos) de la subcomisión de la reforma de la ley electoral. En este contexto, el actual sistema de voto rogado previsto para la ciudadanía exterior volverá a tener como consecuencia una participación electoral ínfima. Además, las dos citas electorales consecutivas del 28 de abril y del 26 de mayo añaden escollos adicionales al voto exterior. Analiza estas dificultades y exige medidas urgentes a la Junta Electoral Central y el Ministerio de Exteriores.

Los plazos son aún más exiguos. Es conocida la insuficiencia de los plazos de envío de documentación electoral a la diáspora descritos en la ley electoral. Si es así en circunstancias normales, dichos plazos se reducen mucho más para la convocatoria del 28 de abril, debido a que coincide con la Semana Santa. El correo postal, tanto en España como en otros lugares, se verá reducido su servicio entre el 13 y el 22 de abril, lo que hace prever que la documentación electoral no llegará a la mayoría del electorado español en el extranjero o será materialmente imposible para las elecciones del 28 de abril.

Además, la habitual prórroga del voto en urna consular hasta el mismo día de las elecciones, sin duda necesaria, será insuficiente como solución a la brevedad de los plazos: el desplazamiento al consulado es una gran barrera para los residentes en el extranjero, ya que muchos viven a cientos o miles de kilómetros de distancia; entre quienes sí consigan acceder al consulado para votar, es poco probable que sus papeletas lleguen a España a tiempo para el recuento general, ya que este se celebrará apenas tres días después de las elecciones.

A las complicaciones del registro, envío de documentación y papeletas, etc., se suman circunstancias que hacen prever igualmente unos índices de participación exterior cercanos a la nulidad para las municipales y europeas del 26 de mayo. Los trámites a realizar para estos segundos comicios, se solapan con los de la convocatoria del 28 de abril. Esto provocará confusión u olvidos entre el electorado. Además, si las dificultades de la primera convocatoria no han sido resueltas y los electores no han podido votar, es previsible una desmotivación generalizada para la segunda. Lo que afecta a dos millones de electores en el exterior. Esto recuerda a la novela El Castillo de Kafka.

*Profesor de instituto