Aviso a los pequeños delincuentes. Tienen más posibilidades de pisar prisión. Hoy entra en vigor la reforma del Código Penal que ideó el PP en el 2003 y que el entonces ministro de Justicia, José María Michavila, calificó de norma "de la seguridad".

Muchos arrestos pasarán a tres meses de prisión

La reforma aumenta la represión del delito. Combina la rebaja de la pena mínima de prisión --que pasa de seis a tres meses-- con la desaparición de los arrestos de fin de semana. Hasta hoy, muchos pequeños delitos estaban penados con arresto de fin de semana o multa. Al desaparecer el arresto de fin de semana es sustituido, en muchas ocasiones, por la pena mínima de tres meses de prisión. Además, hay otro tercer elemento en esta combinación. Cuando se acumulen cuatro faltas, se cometerá un delito. A la segunda condena de cárcel, al existir antecedentes, ya se ingresará en prisión. El texto intenta combatir la reincidencia aunque puede acentuar un grave problema: la masificación de las cárceles.

El arresto domiciliario releva al de fin de semana

El arresto de fin de semana, que se incorporó en el Código Penal de 1995, ha sido un fracaso. Se ha aplicado muy poco porque suponía el ingreso en un centro penitenciario con la consecuente complejidad de trámites, la falta de plazas en las prisiones y el efecto contraproducente de que un pequeño delincuente pise la cárcel. Para suplir el arresto de fin de semana entra ahora en vigor la figura de la "localización permanente", que no es otra cosa que el retorno del arresto domiciliario. Durará un máximo de 12 días y no deberá cumplirse sólo en el domicilio. El juez podrá determinar otro lugar, como el centro de trabajo.

Los toxicómanos podrán evitar la cárcel si se tratan

Pese a que la línea maestra de la reforma pasa por el endurecimiento del castigo de pequeños delitos, hay que destacar la voluntad de flexibilizar el trato de los delincuentes drogodependientes --abocados a delinquir en ocasiones debido a su enfermedad--. El nuevo código establece medidas orientadas a la deshabituación. Así, si antes podía suspenderse una pena de hasta tres años de prisión para someterse a tratamiento, ahora la posibilidad se amplía a las condenas de hasta cinco años. Otra gran apuesta de la reforma pasa por evitar las penas de prisión por trabajos en beneficio de la comunidad siempre que sea posible. La eficacia de esta alternativa está en entredicho por su poca aplicación.

Violencia doméstica y piratería informática

La evolución social ha planteado necesidades nuevas al texto legal. La lacra de la violencia doméstica y el auge de la piratería a través de internet son dos de ellas. En el primer ámbito, la reforma pasa por ampliar la duración máxima de las penas de alejamiento de la víctima de un delito de maltrato en el ámbito familiar. Se detallan tres modalidades diferentes de alejamiento: prohibición de residir y acudir a determinados lugares, prohibición de aproximación a la víctima y prohibición de comunicación con la mujer agredida.

En el ámbito de la copia de material intelectual, la norma reformada endurece las sanciones por piratería pero no tipifica específicamente el intercambio de música.

Maltrato de animales y alcohol al volante

También la siniestralidad en la carretera ha merecido una rotunda intervención en el texto legal. Los conductores que circulen bajo los efectos del alcohol podrán ser condenados a seis meses de prisión. Los maltratadores de animales, que hasta ahora actuaban bajo una absoluta impunidad, también serán objeto de la acción de la justicia. El abandono, por ejemplo, será considerado falta (multa) y el maltrato grave de un animal puede llegar a ser delito.

El texto relaja las exigencias penales a los que defrauden al fisco. Para ser considerado delito, el fraude deberá superar 120.000 euros (20 millones de pesetas). Antes eran 15.