La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto a Vodafone una sanción de 3,1 millones de euros por incumplir el reglamento europeo del 'roaming' (tarifas de itinerancia). Durante 7 meses, la compañía vinculó a los contratos 'Red' y 'Base' tarifas de 'roaming' distintas a la eurotarifa regulada.

El reglamento establece que los operadores deben aplicar "automáticamente una eurotarifa de voz" y debe ser el cliente el que opte

"deliberadamente" por una tarifa alternativa. Este comportamiento, que supone una infracción muy grave, le reportó a Vodafone un 128% más de ingresos brutos a los que hubiera ingresado por aplicar la eurotarifa.

Hace un año, el regulador español inició un procedimiento sancionador contra Vodafone por la vinculación automática de tarifas distintas a la eurotarifa, sin que los abonados pudieran escoger el plan de precios que consideraran más adecuado. Según se indica en la resolución, "la conducta de Vodafone se considera como muy grave al incumplir un requisito esencial establecido en el reglamento del 'roaming', durante un periodo de 7 meses y habiendo informado anteriormente la CMT (antigua Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, integrada ahora en la CNMC) sobre su interpretación del reglamento sin modificar Vodafone su práctica".

Por aquel entonces, la CMT impuso medidas cautelares para que la operadora aplicara por defecto la eurotarifa a los nuevos clientes. A los que ya tuvieran contratados los planes 'Red' o 'Base', Vodafone debía darles un plazo de un mes para que optaran deliberadamente por la tarifa de 'roaming' alternativa.

Entre noviembre del 2012 y junio del 2013, Vodafone había activado por defecto a los clientes que contrataban los planes 'red' o 'base' la tarifa 'Hablar y Navegar en Europa'. Esta tarifa ofrece a los clientes que viajan dentro de la Unión Europea 20

minutos de voz, 20 SMS y 20 MB de datos por 4 euros al día (sin IVA). Los minutos, SMS o datos no utilizados en un día no se pueden acumular para el día siguiente.