"La mancha de aceite previsiblemente tendrá su origen en otro vehículo que pasó por el lugar del suceso poco antes de que este se produjera". Esa fue la conclusión, sin más fundamento, en la que el Consejo de Estado basó el informe desfavorable al pago de la reclamación patrimonial que emitió dos meses antes de que el Ministerio de Fomento desestimara la demanda de las víctimas del accidente y de su compañía de seguros. También indicaba que entre el derrame y el siniestro no transcurrió "el tiempo mínimo imprescindible" para que Carreteras pudiera limpiarlo.