No será la primera vez que una sentencia del Tribunal Supremo crea jurisprudencia que en la práctica no sirve de mucho. El fallo de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo concluyó el jueves que son los bancos quienes tienen que hacerse cargo del impuesto de actos jurídicos documentados (AJD), el gasto más importante de constitución de hipotecas. Este hecho amenazaba con convertirse en una nueva batalla judicial al menos hasta que el Supremo anunció ayer la revisión del fallo.

Ante la situación judicial que se avecinaba, los bancos anunciaron que no se iban a hacer cargo de la devolución del impuesto a los clientes y que tampoco ante la administración de la Hacienda autonómica -se trata de un impuesto cedido por el Estado- si les reclama el impuesto. De momento, ni las autonomías ni el Estado tienen claro cómo deben proceder en este asunto. Ante esta situación, la mayoría de los despachos de abogados defienden que la alternativa más clara para reclamar es la judicial, pese a que la vía administrativa es posible.

«No creo que la vía administrativa tenga recorrido. Reclamarle a la Administración no tiene sentido porque Hacienda no va a pagar», afirmó Jesús Arriaga, responsable del bufete que lleva su nombre, que en estos momentos tramita 120.000 demandas relacionadas con las cláusulas abusivas de las hipotecas. «Hacienda solo puede decir que ha cobrado el impuesto que tenía que haber cobrado y que no le corresponde devolverlo», añadió.

LOS BANCOS DEBEN RESPONDER

Pese a ello, algunos organismos insisten en reclamar por ese canal. El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) ha defendido que los clientes tienen derecho a solicitar ante Hacienda las cantidades ingresadas de forma indebida. Respaldan que son las entidades prestatarias las que deben hacer frente a dicho gravamen, y matizan que este tipo de reclamaciones «nada tiene que ver» con la de otros gastos, por lo que no deben plantearse ante la banca sino ante la correspondiente administración tributaria autonómica.

Pero lo cierto es que las autonomías, más allá de explicar que están estudiando la sentencia no han aclarado si devolverán o no el impuesto cuando sea reclamado por parte de los hipotecados que lo pagaron. «Lo que está claro es que los clientes puede solicitar la nulidad de la cláusula que les obligó a pagar el impuesto. Y eso deben exigirlo al banco que es quien obligó ese pago. Por lo tanto se trata de una cláusula abusiva de la hipoteca que se puede reclamar judicialmente», insistió Arriaga.

Fuentes de la comunidad de Madrid confirman que los gobiernos autonómicos están a la espera de que el Supremo aclare el alcance de su resolución, ya que la sentencia del jueves dejaba abiertos frentes muy importantes, particularmente si su aplicación puede ser retroactiva o solo a las hipotecas que se firmen a partir de ahora. De ello se deriva el otro aspecto clave que está sin aclarar: si los clientes podrán pedir la devolución de lo pagado a las haciendas autonómicas y estas a su vez a los bancos.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, destacó que el Gobierno estudia con los servicios jurídicos el alcance de la sentencia, en tanto que se trata de un fallo complejo. Una vez estudiado, el Gobierno se coordinará con las comunidades autónomas, apuntó la ministra.

Los bancos se defienden de lo que puede ser un nuevo alud de demandas, con un coste muy elevado. Insisten en que no se producirían efectos retroactivos por la sentencia. Defienden, además, que en el supuesto de que Hacienda atendiese la devolución o se impugnase la decisión denegatoria de la administración (lo que, de nuevo, puede saturar los juzgados) no creen que la Adminsitración puede exigir el impuesto a los bancos.