Qué fatiga me produce comenzar este nuevo año: en apenas quince días ya estamos en la tercera oleada del coronavirus (la cuarta en Aragón), y en unas semanas hemos pasado del ¡salvemos la Navidad! al ¡sálvese quien pueda! Fruto de los sueños rotos ante una vacunación masiva que se estrella en el muro de la incompetencia de nuestras autoridades autonómicas que, al paso que vamos, en agosto del 2022 todavía estarán vacunando. Sumémosle el asalto al Capitolio, el templo sagrado de la democracia norteamericana, por una horda de fascistas alentados por el propio Presidente Trump, y la tormenta 'Filomena' que nos ha dejado tan helados como las alucinantes justificaciones para su incompetencia, realizadas por la presidenta y el alcalde de Madrid.

Creíamos que el odioso 2020 sería un año insuperable en calamidades y desgracias, pero al ritmo que llevamos cualquier cosa puede pasar, porque si observar el presente es la mejor forma de predecir el futuro, lo tenemos claro.

Noticia positiva

Entre tanta desmotivación siempre hay alguna noticia positiva, de esas que te pueden ilusionar entre tanto discurso y debate sobre cuestiones que repiten una y otra vez las tertulias de profesionales de la confrontación y el odio. Me refiero a cuestiones que afectan a nuestras vidas, al empleo, a la salud, a la vida en general, que están fuera de las redes a pesar de condicionar el futuro de nuestras vidas.

En primer lugar está la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 24 de diciembre, sobre «las relaciones laborales de las subcontratas». En ella se deja claro, que los trabajadores de subcontratas que tienen limitada la duración de su contrato al tiempo de actividad contratada, no deberán ser temporales. En sentencias anteriores, la contratación por obra y servicio determinado se ajustaba a la duración contratada, y así se están dando innumerables renovaciones de contratos temporales en personas que venían realizando la misma actividad durante decenas de años. Lo aprobado por unanimidad de los jueces supone que aquellos trabajadores que desempeñen una actividad continuada en el tiempo en una empresa subcontratada, tendrán que ser reconocidos como contratos indefinidos.

Recuperar el espíritu con que el legislador quiso plasmar este tipo de contratación en el Estatuto de los Trabajadores y su posterior desarrollo en 1998, forma parte de las bases jurídicas en que se asienta la mencionada sentencia, pero es una vez más una directiva europea, la 99/70 del año 1999 el andamiaje de las reflexiones que la han posibilitado.

Si tenemos en cuenta que en España uno de cada cuatro contratos son temporales , de los cuales el 41% (1.653.900 a principios de la pandemia) son por obra o servicio determinado, y que de todos ellos el 46% son del sector servicios, con especial incidencia en las administraciones públicas, nos podemos imaginar el efecto que la sentencia puede tener en la precariedad laboral de nuestro país. Los argumentos vertidos ponen las bases para que la temporalidad solo se produzca en función de las causas para las que se realiza ese trabajo, y no otras.

La contrarreforma laboral

En un momento en el que sindicatos, empresarios y Gobierno están empezando a negociar la contrarreforma laboral del PP, una sentencia como esta despeja mucho el camino de futuros acuerdos sobre la subcontratación laboral y dificulta los cantos de sirena de quienes ven una en nueva regulación en consonancia con la sentencia, un lastre para la recuperación económica.

También en las mismas fechas ha sido publicado el informe Estadísticas de empleo y su coste, desde 2015/18 elaborado por el Ministerio de Empleo e Inmigración a petición de su entonces ministra, Magdalena Valerio.

Es muy interesante porque lo primero que se deduce es que el despido en nuestro país es fácil, barato y desigual. La indemnización media del despido está decreciendo progresivamente desde 2015. Cada día es más barato despedir: de los 10.045 € de media en 2015 hasta los 9.306 € en 2018. La mitad de los despidos se concentran en comercio, hostelería y construcción. Un despido en hostelería costaba de media en 2018 unos 2.427€ , el 13% de lo que cuesta en la industria y el 5% de la media del sector financiero y seguros.