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MOVILIDAD URBANA

El adelanto electoral aparca la regulación del patinete eléctrico

El decreto ley está listo pero aún debe superar el periodo de consultas. También queda en el alero la bajada del límite de velocidaden las zonas urbanas

El adelanto electoral aparca la regulación del patinete eléctrico

Los patinetes eléctricos seguirán circulando por las calles a expensas solo de lo que dictan las normativas municipales y una sucinta y poco clarificadora instrucción de la Dirección General de Tráfico (DGT) del 2016. El adelanto electoral imposibilitará que el Gobierno apruebe el decreto con el que quería poner orden ante la eclosión de los vehículos de movilidad personal. También queda en el alero la propuesta de la DGT de bajar el límite de velocidad de 50 a 30 kilómetros por hora en las calles de un único carril o de un carril por sentido de circulación. El real decreto con el que se pretendían regular estos aspectos ya está «listo», pero en estos momentos se encuentra en una fase de consulta por parte de órganos como el Consejo de Estado. Debido a este periodo de análisis, resulta imposible que el texto sea aprobado definitivamente antes de los comicios del 28 de abril. Una de las características del nonato decreto ley es que establece una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora para los patinetes eléctricos de uso más común y de hasta 45 kilómetros por hora para aquellos que son de mayores dimensiones (con ruedas muy gruesas e incluso sillín en algún caso) y de potencia mucho más elevada que los anteriores. En ambos casos se preveía requerir una certificación expedida por un laboratorio oficial y, en los ciclos de mayor volumen, incluso una homologación y matriculación como en el caso de los ciclomotores. También se vetaba la circulación por las aceras.

TRES TOPES

En cuanto a la velocidad en vías urbanas, el real decreto quería modificar el Reglamento General de Circulación yendo más allá de los actuales y únicos 50 kilómetros por hora y fijando tres límites genéricos: 20 kilómetros por hora para las calles de plataforma única de calzada y acera, 30 kilómetros por hora para las de un único carril por sentido de circulación y 50 kilómetros por hora para las de dos o más carriles por sentido (en este último caso, 40 kilómetros por hora para los vehículos con mercancías peligrosas) y para las travesías. Los ayuntamientos puedan rebajar esos límites genéricos y subir el de 30 a 50 kilómetros por hora, para lo cual deben instalar la señalización correspondiente en el plazo máximo de seis meses tras la entrada en vigor del real decreto.

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