"Este juicio no debía haberse celebrado, bastaba con que el acusado hubiera reconocido su error, pidiera perdón de verdad, no en la prensa, y cumpliera su pena con dignidad". El fiscal mantenía así ayer su petición de cuatro años de cárcel para el torero José Ortega Cano por un delito de homicidio imprudente y dos contra la seguridad vial tras oír en la sala las demoledoras conclusiones del informe de los peritos de la Guardia Civil, justo antes de que el juicio quedara visto para sentencia. Los técnicos que reconstruyeron el siniestro confirmaron que el diestro circulaba a 125 km/h en un tramo donde no se podían superar los 90 y sufrió una distracción por culpa del alcohol.

La intervención de los miembros del Equipo de Reconstrucción de Accidentes (ERAT) dejó poco lugar a dudas. Analizaron decenas de pruebas en el lugar de los hechos y, con un programa informático avalado por organismos internacionales y comprobado con casos reales, certificaron que el torero iba a gran velocidad, tomó la curva poco antes del lugar del accidente por su carril, se salió "por una distracción o desatención" e invadió el carril contrario durante unos 60 metros hasta colisionar frontalmente con Carlos Parra.

NO HUBO DESVANECIMIENTO Los peritos coincidieron en que no hubo margen para la víctima, que iba a 50 kilómetros por hora. Se percató de que Ortega se le venía encima apenas 1,77 segundos antes del accidente, e incluso intentó esquivarle. De hecho, otro experto apuntó que invadió el arcén con el lado derecho de su coche, pero no pudo evitar el impacto. No se encontraron huellas de frenada de ninguno de los vehículos. Para la Guardia Civil, esa distracción no fue compatible con un desvanecimiento ya que la trayectoria tras la colisión evidencia que hubo una "acción sostenida sobre el volante". Sus sospechas se confirmaron al conocer que la tasa de alcohol era de 1,26 gramos por litro.

Para el fiscal de Seguridad Vial, Luis Carlos Rodríguez, estos datos quedaron corroborados por la declaración de los camareros, que sin interés en el caso dijeron haberle servido alcohol, de los testigos que le vieron por casualidad y de los conductores que se cruzaron con el torero la noche del 28 de mayo de 2011.

Así, "hay una coherencia de principio al final" y se constata que Ortega no controlaba el vehículo por culpa del alcohol. "Nadie conduce así salvo que se sea un loco o un temerario", sentenció. Su defensa mantuvo su petición de absolución.