La vía pionera que la Policía Nacional había intentado abrir en Zaragoza, para reclamar los ansiados chalecos antibalas en la jurisdicción Social (por su relación con los riesgos laborales), ha quedado en agua de borrajas. El Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza se declaró incompetente para abordar la cuestión y, tras el oportuno recurso, ha ratificado la decisión. Así que, al menos por esta vía, los tribunales no resolverán la falta de equipamiento.

La reclamación fue planteada por un agente de la unidad de Guías Caninos, alegando que la falta de chalecos antibalas permanentes contravenía la normativa de prevención de riesgos laborales, en el apartado de seguridad.

El letrado admitía en la demanda y en el recurso que puede ser chocante que se acuda a esta vía, pero no si se compara con un albañil que reclame a su empresa casco o arnés. Y se trataría en realidad del mismo caso, alegaba.

El juez ponía en duda esta equiparación y alegaba además que no consta que todos los policías nacionales tengan que llevar chaleco antibalas como protección básica. Entendía que en todo caso, la falta de equipamiento habría que reclamarla por vía Contencioso-Administrativa (donde se dirimen los posibles errores de la Administración).

El Sindicato Unificado de Policía, al que está afiliado el demandante, lamentó que sigan sin llegar los chalecos con el perpetuo nivel 4 de alerta antiterrorista.