La Federación Española de Fútbol (RFEF) ha hecho buena la estrategia del Barcelona y su Comité de Competición ha decidido dar carpetazo al cierre por dos partidos del Camp Nou, decretado por dicho organismo el 10 de diciembre del 2002, dejándolo en la multa de 4.000 euros, la máxima sanción permitida por los Estatutos federativos tras su reforma en la asamblea del 2003.

El órgano disciplinario de la RFEF se reunió el viernes pasado de forma extraordinaria para sentar jurisprudencia con la aplicación de manera retroactiva por vez primera de la nueva doctrina, la única vía que le quedaba al club azulgrana para impedir el cumplimiento de la clausura de su estadio por los incidentes registrados el 23 de noviembre del 2002 durante el partido Bar§a-Madrid, en el que aficionados barcelonistas lanzaron al campo numerosos objetos, incluida una cabeza de cochinillo al jugador Luis Figo.

CONFIRMACION La sanción fue confirmada sucesivamente por los comités de Apelación y Español de Disciplina Deportiva, por lo que el Barcelona, presidido entonces por Joan Gaspart, decidió presentar recurso a la jurisdicción ordinaria en la que, como medida cautelar, se resolvió que la RFEF no ejecutaría el castigo hasta que no hubiese sentencia.

La posterior retirada del recurso por parte de la directiva de Joan Laporta respondió, entre otras cosas, al compromiso de Angel María Villar, presidente de la federación, de conceder medidas de gracia en caso de resultar reelegido. Lo prometió en su campaña electoral, para corroborarlo inmediatamente después de renovar su mandato en enero pasado. Así se lo comunicó incluso al Consejo Superior de Deportes (CSD), quien le respondió que en ningún caso se le permitiría, lo mismo que un indulto por el caso de dopaje de Carlos Gurpegi, también recurrido a la justicia ordinaria.

El CSD recordó a la RFEF que el único estamento con potestad para dictar ese tipo de medidas es el propio consejo, por lo que la federación tuvo que dar marcha atrás y anunció el 28 de abril la retirada de las medidas de gracia. Una circunstancia que no inquietó a Laporta, que no desaprovechó la última asamblea para criticar con dureza la postura de la Administración por no permitirle poder cumplir su promesa, además de culpar al CSD del ahogo económico de la federación.

LA TESIS DE CORONAS Ante la imposibilidad de sacar adelante la prometida amnistía, ha sido el Comité de Competición el encargado de cumplir el compromiso. Para ello era necesario que el juez cursase a la RFEF la pertinente comunicación. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, por otro lado, resolvió el 27 de julio que tienen que aplicarse los estatutos reformados en la asamblea de julio del 2003. Dos días después, el Comité de Competición presidido por Alfredo Flórez decidió que lo que procedía era aplicar el nuevo artículo 118 de los Estatutos con carácter retroactivo, que es lo que defendía el Bar§a. La RFEF, sin embargo, no lo hizo oficial hasta ayer. "Cuando el Barcelona tuvo conocimiento de la reforma, entendió que todas las resoluciones favorables eran retroactivas, y estaba en lo cierto", declaró ayer Flórez. Su antecesor en el cargo, Fernando Sequeira, era contrario a la aplicación de la retroactividad. Dimitió en febrero del 2003, por sentirse mediatizado por la cúpula federativa.

Finalmente, las tesis de Josep Maria Coronas, el jurista que puso en marcha todos los recursos legales durante la presidencia de Joan Gaspart, han salido adelante. "La normativa ya no castiga estos hechos y hay que aplicarla de manera retroactiva, como recoge la Constitución", dijo en su día Coronas. El tiempo le ha dado la razón.