El juzgado de lo Mercantil número uno de Zaragoza ha dictado dos nuevas sentencias en las que declara nulas las cláusulas suelo hipotecarias --que limitan el interés mínimo que paga un cliente-- aplicadas en sendos contratos por Ibercaja (heredada de CAI) y Banco Ceiss (Caja España-Duero). Lo relevante de estos casos es que se condena también a devolver a los clientes todo lo cobrado de más desde la firma de los préstamos. De esta manera, la primera entidad tendrá que reintegrar 14.000 euros, mientras que la segunda debe abonar otros 4.000 euros.

Los fallos judiciales fueron dados a conocer ayer por la asociación de consumidores Ausbanc, que representa a los demandantes. Esta organización destaca el carácter "pionero" de ambas sentencias, que se suman a varias más dictadas en el mismo sentido por este tribunal y otra, de hace solo un mes, de un juzgado de Oviedo.

Todas ellas, emitidas en lo que va de año, reconocen la retroactividad total en la supresión de las cláusulas suelo, un asunto polémico ya que la doctrina establecida por el Tribunal Supremo apuntaba que las entidades solo debían devolver lo cobrado de más a partir del 9 de mayo de 2013. Sin embargo, la magistrada que preside el juzgado Mercantil número uno de Zaragoza, María Sáenz, apoya sus sentencias en el derecho comunitario, que tiene primacía sobre la jurisprudencia nacional.

"Es una jueza valiente que se ha atrevido a desafiar la doctrina del Tribunal Supremo contando con la normativa comunitaria y, más importante aún, con el sentido común como argumento de peso", aseguró el delegado y letrado de Ausbanc en Zaragoza, Alberto Cardona, que animó a los afectados a "no esperar" para presentar demandas judiciales de carácter individual.

La primera sentencia fue dictada por el citado juzgado el pasado 25 de julio contra Ibercaja, que la ha recurrido. En ella se declaraba nulo un suelo hipotecario del 3% con devolución de cantidades desde que la cláusula empezó a surtir efecto. El préstamo original viene de la Caja Inmaculada (CAI).

CAMUFLADA

En este caso, la jueza considera además que la entidad presentó la cláusula suelo "de forma equivoca" al camuflarla como instrumento de cobertura del riesgo "cuando en ningún momento cubre o protege al prestatario sino lo contrario", según el contenido de la resolución judicial a la que ha tenido acceso este diario.

La segunda sentencia declara nula otra cláusula suelo de una hipoteca contratada por un matrimonio zaragozano con Banco Ceiss, que no ha recurrido.

En Aragón se estima que hay unos 56.000 familias con cláusulas suelo en sus hipotecas, que de media pagan unos 2.800 euros más al año.